“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Crimen económico contra la humanidad

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El Crimen económico contra la humanidad es una categoría de crímenes contra la humanidad propuesta para definir el tipo penal sobre ciertos abusos económicos de grave naturaleza y consecuencias que pudieran afectar a valores humanos básicos, objeto de protección de la comunidad internacional en su conjunto, con la misma intensidad que otras conductas de naturaleza política ya tipificadas en el ordenamiento jurídico internacional.[1]


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