“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Discurso de odio

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«Responder al discurso de odio no implica coartar o prohibir la libertad de expresión, sino evitar que ese discurso se convierta en algo más peligroso, como una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, prohibidas en virtud del derecho internacional.»

Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres, junio de 2019
Marcha de protesta contra la intolerancia y el discurso de odio, Mineápolis, Minnesota, octubre de 2016

Naciones Unidas define el discurso de odio (en inglés: Hate speech) como “cualquier tipo de comunicación ya sea oral o escrita, —o también comportamiento— , que ataca o utiliza un lenguaje peyorativo o discriminatorio en referencia a una persona o grupo en función de lo que son, en otras palabras, basándose en su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género u otras formas de identidad”.[1]

En el ámbito europeo, el discurso de odio se ha definido como el: “…fomento, promoción o instigación (…) del odio, la humillación o el menosprecio de una persona o grupo de personas, así como el acoso, descrédito, difusión de estereotipos negativos, estigmatización o amenaza con respecto a dicha persona o grupo de personas y la justificación de esas manifestaciones por razones de “raza” , color, ascendencia, origen nacional o étnico, edad, discapacidad, lengua, religión o creencias, sexo, género, identidad de género, orientación sexual y otras características o condición personales.”[2]

El discurso de odio puede identificar chivos expiatorios, crear estereotipos, estigmatizar y utilizar un lenguaje despectivo. Frecuentemente este tipo de mensajes se utilizan como base de teorías conspirativas, así como de desinformación y negación y deformación de acontecimientos históricos como el genocidio. Los Estados deben prohibir las formas más graves de discurso de odio que constituyan una incitación a la violencia, la hostilidad o la discriminación, o una incitación al genocidio u otras violaciones del derecho internacional, de acuerdo con el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.[3]

El discurso de odio típico incluye epítetos e insultos, declaraciones que promueven estereotipos maliciosos y discursos destinados a incitar al odio o la violencia contra un grupo. El discurso de odio también puede incluir representaciones y símbolos no verbales, como por ejemplo, la esvástica nazi, la bandera los Estados Confederados de América. El discurso de odio causa daño psicológico a sus víctimas y daño físico cuando incita a la violencia, también que socava la igualdad social de sus víctimas.[4]

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Referencias

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