“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

De los Derechos del Hombre a los Derechos Humanos

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De los Derechos del Hombre a los Derechos Humanos

La construcción de un discurso público que constituya un núcleo normativo común que permita convivir a la humanidad se materializa en la promulgación de los Derechos Humanos. Éstos han evolucionado normativamente desde 1948; sin embargo, se han visto afectados por las nuevas corrientes epistemológicas y filosóficas que evidencian la necesidad de reconocer un pluralismo cultural en el que el discurso de los Derechos Humanos (DD. HH.) se devela como universalizarte y hegemónico. La universalización de los Derechos se topa así con un relativismo cultural que reivindica el derecho a la diferencia, pero en un contexto económico globalizante que produce violaciones masivas de los Derechos de la mayor parte de la población mundial. El discurso se fractura por una práctica débil de la garantía de los Derechos Humanos por parte de los Estados, por una promoción exacerbada de los mismos frente a la frágil protección y defensa de los DD. HH. de los grupos marginados, especialmente en países del sur. Pero, quizá, lo que más quebranta el discurso es la pérdida de la reflexión sobre lo humano. El desplazamiento de la idea de Derechos del Hombre a la idea de Derechos Humanos hace pensar que Ser Hombre no significa ser humano. El ser humano se construye, independientemente del estatus jurídico o ético que tengan los hombres y mujeres que habitan el mundo en el ámbito de lo relacional, en tanto se reconoce la otredad, la alteridad, la existencia de otro. Lo humano se recrea en la capacidad de inventar y reinventar mundos posibles desde un pensamiento que moviliza acciones para conseguirlos. La humanidad se edifica desde el respeto de esta condición, la reciprocidad de ese respeto y la redistribución de bienes materiales como principio de inclusión. Así, la dignidad humana se resignifica no sólo en la consecución de unas condiciones materiales sino en la aceptación de que lo humano no se concreta en una idea abstracta, teleológica y teológica de un Hombre, sino en la realidad de la existencia de hombres de carne y hueso que habitan el mundo en contextos culturales e históricos determinados. Sobre la condición humana señala