“Los hombres buenos y generosos, no crean victimas; cuidan de las victimas.”, Julian Assange
Personalidad jurídica
Personalidad jurídica
Se entiende por personalidad jurídica aquella por la que se reconoce a una persona, entidad, asociación o empresa, capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a sí mismos y frente a terceros.
La personalidad jurídica, pues, no coincide necesariamente con el espacio de la persona física, sino que es más amplio y permite actuaciones con plena validez jurídica a las entidades formadas por conjuntos de personas o empresas.
La personalidad jurídica tiene una doble vertiente: activa, de ser titulares de derechos y obligaciones, vínculos y mutaciones jurídicas; y pasiva: de responder jurídicamente ante la comunidad en la que están integrados.
Las organizaciones internacionales, por ejemplo, gozan de personalidad jurídica o capacidad de ejercer ciertos derechos y asumir determinadas obligaciones en el marco de sistemas jurídicos concretos: nacional e internacional. Aunque la personalidad de las organizaciones internacionales se ve afectada por el principio de especialidad que inspira y determina su régimen jurídico, esto es, la existencia de estas organizaciones va a estar limitada a los objetivos y funciones establecidos en sus tratados constitutivos.
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Enlaces externos
- @http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l1t2.html
- @http://es.wikipedia.org/wiki/Personalidad_jurídica
- @http://www.monografias.com/trabajos17/personas-juridicas/personas-juridicas.shtml
- Naciones Unidas