“Los hombres buenos y generosos, no crean victimas; cuidan de las victimas.”, Julian Assange

Carta Internacional de Derechos Humanos

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La unión del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), los protocolos facultativos correspondientes (Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte y el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) y la Declaración Universal de Derechos Humanos constituyen lo que se denomina Carta Internacional de los Derechos Humanos[1] (en inglés: International Bill of Human Rights)[2].

Se considera que las disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos tienen carácter de derecho internacional consuetudinario dado que están ampliamente aceptadas y se utilizan como baremo de la conducta de los Estados. Son citadas en las leyes fundamentales o constituciones de muchos de los países recientemente promulgadas y en otras legislaciones nacionales.

Los dos Pactos Internacionales: el de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el de Derechos Civiles y Políticos, constituyen acuerdos vinculantes. Dichos acuerdos, aprobados por la Asamblea General en 1966, desarrollan la Declaración Universal, ya que plasman en obligaciones jurídicas los derechos que figuran en ella y establecen órganos para vigilar el cumplimiento por los Estados partes.

Los protocolos facultativos que suelen acompañar a los tratados de derechos humanos establecen procedimientos voluntarios (procedimientos de investigación, denuncia o comunicación) a adoptar por los estados, en relación con el tratado principal, o bien, desarrollan aspectos particulares del mismo. Los protocolos facultativos tienen el estatus de tratados internacionales y están abiertos a la firma y ratificación por parte de los estados parte de tratado principal.

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