“Los hombres buenos y generosos, no crean victimas; cuidan de las victimas.”, Julian Assange

Declaración de Ginebra

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Declaración de Ginebra
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Estudiantes de Perú
Adopción: 26.0.1924[1]
Ámbito de aplicación: Mundial
Resolución: --
Organización: Sociedad de Naciones
Idiomas: inglés, francés

La Declaración de Ginebra de los Derechos del Niño (en inglés: Geneva Declaration of the Rights of the Child) es un breve documento que reconoce derechos fundamentales a los niños redactado por Eglantyne Jebb (1876 – 1928) y adoptada por la International Save the Children Union, en Ginebra, el 23 de febrero en 1923 y respaldado por la V Asamblea General de la Sociedad de Naciones el 26 de septiembre de 1924.[2]

La Declaración fue una iniciativa de Eglantyne Jebb, que junto a su hermana Dorothy Buxton fundó la organización Save the Children en 1919, tras la I Guerra Mundial, con la misión de ayudar a niñas y niños afectados por la guerra. El 23 de febrero de 1923, la Alianza Internacional Save the Children, durante su IV Congreso General, emitió la primera Declaración de los Derechos del Niño, que luego fue ratificada por el V Congreso General el 28 de febrero de 1924. Eglantyne Jebb envió este texto a la Sociedad de Naciones indicando que estaba “convencida de que se deben exigir ciertos derechos para la infancia y trabajar en pro de un reconocimiento general de estos derechos”.[3]

El 26 de diciembre de 1924, la Sociedad de Naciones adoptó la Declaración como la Declaración de Ginebra; la primera vez que derechos específicos para la niñez son reconocidos en el ámbito internacional.[4]

El documento original, en los archivos de la ciudad de Ginebra, lleva la firma de varios delegados internacionales, entre ellos Eglantyne Jebb, Janusz Korczak, y Gustave Ador, ex presidente de la Confederación Suiza.[5]

El 20 de noviembre de 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una versión expandida como su propia Declaración de los Derechos del Niño.

Texto de la Declaración

Adoptado el 26 de septiembre de 1924, Sociedad de Naciones[6]
Declaración de Ginebra de los Derechos del Niño

Por la presente Declaración de los Derechos del Niño, comúnmente conocida como "Declaración de Ginebra", hombres y mujeres de todas las naciones, reconociendo que la humanidad debe al Niño lo mejor que tiene para dar, declaran y aceptan como su deber que , más allá y por encima de toda consideración de raza, nacionalidad o credo:

  • El niño debe recibir los medios necesarios para su normal desarrollo, tanto material como espiritualmente;
  • El niño que tiene hambre debe ser alimentado; el niño que está enfermo debe ser amamantado; el niño que es atrasado debe ser ayudado; el hijo delincuente debe ser reclamado; y el huérfano y el desamparado deben ser protegidos y socorridos;
  • El niño debe ser el primero en recibir alivio en momentos de angustia;
  • El niño debe estar en condiciones de ganarse la vida y debe ser protegido contra toda forma de explotación;
  • El niño debe ser educado en la conciencia de que sus talentos deben estar al servicio de sus semejantes.

Texto de la Declaración en francés

Préambule

Par la présente Déclaration des droits de l’enfant, dite déclaration de Genève, les hommes et les femmes de toutes les nations reconnaissent que l’humanité doit donner à l’enfant ce qu’elle a de meilleur, affirmant leurs devoirs, en dehors de toute considération de race, de nationalité, de croyance.

Article 1

L’enfant doit être mis en mesure de se développer d’une façon normale, matériellement et spirituellement.

Article 2

L’enfant qui a faim doit être nourri; l’enfant malade doit être soigné; l’enfant arriéré doit être encouragé; l’enfant dévoyé doit être ramené; l’enfant orphelin et l’abandonné doivent être recueillis et secourus.

Article 3

L’enfant doit être le premier à recevoir des secours en cas de détresse.

Article 4

L’enfant doit être mis en mesure de gagner sa vie et doit être protégé contre toute exploitation.

Article 5

L’enfant doit être élevé dans le sentiment que ses meilleures qualités devront être mises au service de ses frères.

Texto de la Declaración en ingles

Geneva Declaration of the Rights of the Child

By the present Declaration of the Rights of the Child, commonly known as "Declaration of Geneva", men and women of all nations, recognizing that mankind owes to the Child the best that it has to give, declare and accept it as their duty that, beyond and above all considerations of race, nationality or creed:

  • The child must be given the means requisite for its normal development, both materially and spiritually;
  • The child that is hungry must be fed; the child that is sick must be nursed; the child that is backward must be helped; the delinquent child must be reclaimed; and the orphan and the waif must be sheltered and succored;
  • The child must be the first to receive relief in times of distress;
  • The child must be put in a position to earn a livelihood, and must be protected against every form of exploitation;
  • The child must be brought up in the consciousness that its talents must be devoted to the service of fellow men.

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Referencias

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