“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género

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La resolución AG/RES. 2435 (XXXVIII-O/08), titulada Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género (en inglés: Human Rights, Sexual Orientation, and Gender Identity) fue aprobada en la cuarta sesión plenaria de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, celebrada el 3 de junio de 2008.

La resolución fue aprobada el marco de la celebración de los 60 años de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, fue presentada por Brasil a la 38ª Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, que la aprobó por consenso.

El texto reconoce la grave situación de violaciones a derechos humanos a que se enfrentan las personas a causa de su orientación sexual e identidad de género y coloca al Sistema Regional de las Américas de protección de derechos humanos, como el segundo después del europeo, en reconocer la importancia de manifestar un claro compromiso político por parte de los Estados miembros y de asumir la realidad de la exposición a violaciones de derechos humanos enfrentada por las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero.

Texto completo de la resolución

Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género La Asamblea General,

Reiterando:

Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que a cada persona le es dado ejercer todos los derechos y libertades existentes en ese instrumento sin distinción de cualquier naturaleza tales como de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición;

Que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre prevé que todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad personal;

Considerando que la Carta de la Organización de los Estados Americanos proclama que la misión histórica de América es ofrecer al ser humano una tierra de libertad y un ambiente favorable al desarrollo de su personalidad y a la realización justa de sus aspiraciones;

Reafirmando los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos; y

Tomando nota con preocupación de los actos de violencia y de las violaciones de derechos humanos relacionadas, perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género,

Resuelve:

  1. Manifestar preocupación por los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos relacionadas, cometidos contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género.
  2. Encargar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) que incluya en su agenda, antes del trigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General, el tema “Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género”.
  3. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General, en su trigésimo noveno período ordinario de sesiones, sobre el cumplimiento de la presente resolución, cuya ejecución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.

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