“Los hombres buenos y generosos, no crean victimas; cuidan de las victimas.”, Julian Assange

Parlamento Andino

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Parlamento Andino

El Parlamento Andino es el órgano deliberante y de control de la Comunidad Andina, con sede en la ciudad de Santafé de Bogotá (Colombia). Fue creado el 25 de octubre de 1979 en La Paz (Bolivia), mediante un Tratado Constitutivo suscrito por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, que entró en vigor en enero de 1984. La misión del Parlamento Andino no es legislar, sino ofrecer recomenaciones y dar opinión sobre temas que afecten a los miembros de la Comunidad Andina.

El Parlamento Andino representa a 120 millones de habitantes de la Comunidad Andina, formada actualmente por Perú, Bolivia, Colombia y Ecuador. Entre los propósitos del Parlamento Andino está velar por el respeto de los derechos humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes en los Estados miembro.

Entre 1984 y 1996 los representantes del Parlamento eran electos por los congreso nacionales de los Estados miembros. Según el Protocolo de Trujillo, aprobado el 10 de marzo de 1996, son elegidos por un período de cinco años en forma directa por los respectivos países integrantes de la Comunidad Andina de Naciones. Se compone de cinco miembros por cada país integrante, lo cual da un total de veinticinco parlamentarios. Tras la retirada de Venezuela, la cantidad de parlamentarios se redujo a veinte.

El 22 de abril de 2006, Venezuela se retiró de la Comunidad Andina y, por lo tanto, también del Parlamento Andino, denunciando el Tratado Constitutivo del Acuerdo de Cartagena. La razón fue la firma por parte de Colombia y Perú de tratados de libre comercio con Estados Unidos.

En octubre de 2011, España, México, Panamá y la República Árabe Saharaui Democrática se convierten en miembros observadores permanentes del Parlamento Andino.

Funciones del Parlamento Andino

  • Participar en la promoción y orientación del proceso de la integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana.
  • Examinar la marcha del proceso de la integración subregional andina y el cumplimiento de sus objetivos, requiriendo para ello información periódica a los órganos e instituciones del Sistema.
  • Formular recomendaciones sobre los proyectos de presupuesto anual de los órganos e instituciones del Sistema que se constituyen con las contribuciones directas de los Países Miembros.
  • Sugerir a los órganos e instituciones del Sistema las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional del Sistema.
  • Participar en la generación normativa del proceso mediante sugerencias a los órganos del Sistema de proyectos de normas sobre temas de interés común, para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina.
  • Promover la armonización de las legislaciones de los Países Miembros.
  • Promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los Países Miembros, los órganos e instituciones del Sistema, así como con los órganos parlamentarios de integración o cooperación de terceros países.

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Referencias

Enlaces externos

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