“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Promoción de un orden internacional democrático y equitativo (resolución del Consejo de Derechos Humanos)

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Promoción de un orden internacional democrático y equitativo (resolución del Consejo de Derechos Humanos)

El 29 de septiembre de 2011, el Consejo de Derechos Humanos adoptó la resolución 18/6 sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo (en inglés: Promotion of a democratic and equitable international order). La resolución afirma que un orden internacional democrático y equitativo es un derecho de todas las personas y que fomenta la plena realización de todos los derechos humanos.

La resolución destaca que la democracia no es sólo un concepto político, sino que también tiene aspectos económicos y sociales,

Para lograr el orden internacional democrático y equitativo la resolución afirma que es es preciso que se hagan realidad:

a) El derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual puedan establecer libremente su condición política y procurar libremente su desarrollo económico, social y cultural;
b) El derecho de los pueblos y las naciones a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales;
c) El derecho de todo ser humano y de todos los pueblos al desarrollo, como derecho universal e inalienable y como parte integrante de los derechos humanos fundamentales;
d) El derecho de todos los pueblos a la paz;
e) El derecho a un orden económico internacional basado en la participación en condiciones de igualdad en el proceso de adopción de decisiones, la interdependencia, el interés común, la solidaridad y la cooperación entre todos los Estados;
f) La solidaridad, como valor fundamental con arreglo al cual debe hacerse frente a los problemas mundiales de manera que los costos y las cargas se distribuyan equitativamente de conformidad con los principios básicos de la equidad y la justicia social, velando por que quienes sufren o se benefician menos reciban ayuda de quienes se benefician más;
g) La promoción y consolidación de instituciones internacionales transparentes, democráticas, justas y responsables en todos los ámbitos de cooperación, en particular mediante la aplicación de los principios de la participación plena y en condiciones de igualdad en sus respectivos mecanismos de adopción de decisiones;
h) El derecho de todos a la participación en pie de igualdad, sin discriminación de ningún tipo, en la adopción de decisiones nacionales y mundiales;
i) El principio de una representación regional equitativa y equilibrada de hombres y mujeres en la composición del personal del sistema de las Naciones Unidas;
j) La promoción de un orden internacional de la comunicación y la información libre, justo, eficaz y equilibrado, basado en la cooperación internacional para el establecimiento de un nuevo equilibrio y una mayor reciprocidad en la corriente internacional de información, en particular corrigiendo las desigualdades en esa corriente hacia los países en desarrollo y desde esos países;
k) La promoción de una sociedad mundial de la información que incluya a todos, encaminada a la superación de la brecha digital, que promueva el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, creando oportunidades digitales y beneficiándose de las posibilidades que ofrecen dichas tecnologías;
l) El respeto de la diversidad cultural y de los derechos culturales de todos, puesto que ello aumenta el pluralismo cultural, contribuye a un intercambio más amplio de conocimientos y a la comprensión del acervo cultural, promueve la aplicación y el disfrute de los derechos humanos universalmente aceptados en todo el mundo y fomenta relaciones de amistad estables entre los pueblos y las naciones del mundo;
m) El derecho de todas las personas y todos los pueblos a un medio ambiente sano;
n) La promoción de un acceso equitativo a los beneficios de la distribución internacional de la riqueza mediante una mayor cooperación internacional, en particular en las relaciones económicas, comerciales y financieras internacionales;
o) El disfrute por todos del patrimonio común de la humanidad;

La resolución también crea el mandato del Experto independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo por un periodo inicial de tres años. El mandato fue prorrogado por por un periodo de tres años, hasta el 30 de abril de 2018 (A/HRC/RES/27/9).

Texto completo de la Resoluición

Promoción de un orden internacional democrático y equitativo La Comisión de Derechos Humanos,

Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea y de la Comisión de Derechos Humanos sobre esta cuestión,

Reafirmando el compromiso de todos los Estados de cumplir sus obligaciones de promover el respeto universal y la observancia y protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, otros instrumentos de derechos humanos y el derecho internacional,

Afirmando que el incremento de la cooperación internacional en pro de la promoción y protección de todos los derechos humanos debe seguir efectuándose en plena conformidad con los Propósitos y Principios de la Carta y el derecho internacional, como se establece en los Artículos 1 y 2 de la Carta y, entre otras cosas, respetando plenamente la soberanía, la integridad territorial, la independencia política, el principio de la no utilización de la fuerza o de la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionales y la no injerencia en asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de un Estado,

Recordando el Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas, en particular la determinación de reafirmar la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas,

Reafirmando que toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y las libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos puedan ejercerse plenamente,

Reafirmando también la determinación expresada en el Preámbulo de la Carta de preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional, promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, practicar la tolerancia y convivir como buenos vecinos y emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos,

Subrayando que la responsabilidad por la gestión del desarrollo económico y social en el mundo, así como de las amenazas a la paz y la seguridad internacionales, debe ser compartida por las naciones del mundo y ejercerse multilateralmente, y que a este respecto las Naciones Unidas deben desempeñar un papel central, por ser la organización más universal y más representativa del mundo,

Destacando que la ejecución eficaz de las conclusiones de la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas y de otras importantes cumbres y conferencias de las Naciones Unidas exigirán la voluntad política para llevar a la práctica los compromisos asumidos, especialmente facilitando los medios para su ejecución,

Teniendo en cuenta los grandes cambios que se están produciendo en el ámbito internacional y las aspiraciones de todos los pueblos a un orden internacional basado en los principios consagrados en la Carta, en particular la promoción y el fomento del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y el respeto del principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, la paz, la democracia, la justicia, la igualdad, el estado de derecho en los planos nacional e internacional, el pluralismo, el desarrollo, niveles de vida más elevados y la solidaridad,

Teniendo en cuenta también que la Declaración Universal de Derechos Humanos proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que toda persona tiene todos los derechos y libertades que en ella se proclaman, sin distinción alguna, en particular por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,

Reafirmando que la democracia, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales son conceptos interdependientes que se refuerzan mutuamente y que la democracia se basa en la voluntad del pueblo, libremente expresada, de determinar su propio régimen político, económico, social y cultural y en su plena participación en todos los aspectos de la vida,

Destacando que la democracia no es sólo un concepto político, sino que también tiene aspectos económicos y sociales,

Consciente de que la democracia, el respeto de todos los derechos humanos, incluidos el derecho al desarrollo, la gestión y la administración de los asuntos públicos transparentes y responsables en todos los sectores de la sociedad y la participación efectiva de la sociedad civil son parte esencial de las bases necesarias para la consecución de un desarrollo sostenible centrado en la sociedad y en el ser humano,

Consciente también de que la comunidad internacional debe promover la cooperación internacional eficaz, así como las relaciones económicas equitativas y un medio económico propicio a nivel internacional, para la realización del derecho al desarrollo y la eliminación de los obstáculos al desarrollo,

Reafirmando la importancia de un buen gobierno en el ámbito internacional mediante la democratización y la transparencia y responsabilidad en materia de decisiones económicas y financieras en todos los foros y en todos los niveles, con la participación plena y eficaz de todos los países,

Observando con preocupación que el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia pueden verse agravados, entre otras cosas, por una distribución desigual de la riqueza, por la marginación y la exclusión social,

Subrayando que es imprescindible que la comunidad internacional se asegure de que la globalización se convierta en una fuerza positiva para todos los pueblos del mundo y que la única forma de lograr que la globalización incluya a todos y sea equitativa consiste en llevar a cabo una acción amplia y basada en toda la diversidad de los seres humanos y en la solidaridad mundial,

Destacando que la acción para que la globalización esté abierta a todos y sea equitativa debe incluir políticas y medidas en el plano mundial que correspondan a las necesidades de los países en desarrollo y de las economías en transición y se formulen y apliquen con la participación efectiva de éstos,

Habiendo escuchado a los pueblos del mundo y teniendo presentes sus aspiraciones a la justicia, a la igualdad de oportunidades para todos, y al disfrute de sus derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo, a vivir en paz y libertad y a la participación en condiciones de igualdad y sin discriminación en la vida económica, social, cultural, civil y política,

Resuelta a adoptar todas las medidas que estén a su alcance para garantizar un orden internacional democrático y equitativo,

  1. Afirma que toda persona tiene derecho a un orden internacional democrático y equitativo;
  2. Afirma también que el orden internacional democrático y equitativo fomenta el pleno ejercicio por todos de todos los derechos humanos;
  3. Exhorta a todos los Estados Miembros a que cumplan los compromisos expresados en septiembre de 2001 en Durban (Sudáfrica) durante la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia de ampliar al máximo los beneficios de la globalización, entre otras cosas, fortaleciendo y mejorando la cooperación internacional a fin de promover la igualdad de oportunidades de comercio, crecimiento económico y desarrollo sostenible, las comunicaciones mundiales mediante la utilización de las nuevas tecnologías, y el incremento de los intercambios interculturales mediante la preservación y la promoción de la diversidad cultural, y reitera que sólo haciendo esfuerzos amplios y sostenidos para crear un futuro común, basado en nuestra común humanidad y en toda su diversidad, se podrá lograr que la globalización incluya plenamente a todos y sea equitativa;
  4. Afirma que para lograr el orden internacional democrático y equitativo es preciso, entre otras cosas, que se hagan realidad:
a) El derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual puedan establecer libremente su condición política y procurar libremente su desarrollo económico, social y cultural;
b) El derecho de los pueblos y las naciones a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales;
c) El derecho de todo ser humano y de todos los pueblos al desarrollo, como derecho universal e inalienable y como parte integrante de los derechos humanos fundamentales;
d) El derecho de todos los pueblos a la paz;
e) El derecho a un orden económico internacional basado en la participación en condiciones de igualdad en el proceso de adopción de decisiones, la interdependencia, el interés común, la solidaridad y la cooperación entre todos los Estados;
f) La solidaridad, como valor fundamental con arreglo al cual debe hacerse frente a los problemas mundiales de manera que los costos y las cargas se distribuyan equitativamente de conformidad con los principios básicos de la equidad y la justicia social, velando por que quienes sufren o se benefician menos reciban ayuda de quienes se benefician más;
g) La promoción y consolidación de instituciones internacionales transparentes, democráticas, justas y responsables en todos los ámbitos de cooperación, en particular mediante la aplicación de los principios de la participación plena y en condiciones de igualdad en sus respectivos mecanismos de adopción de decisiones;
h) El derecho de todos a la participación en pie de igualdad, sin discriminación de ningún tipo, en la adopción de decisiones nacionales y mundiales;
i) El principio de una representación regional equitativa y equilibrada de hombres y mujeres en la composición del personal del sistema de las Naciones Unidas;
j) La promoción de un orden internacional de la comunicación y la información libre, justo, eficaz y equilibrado, basado en la cooperación internacional para el establecimiento de un nuevo equilibrio y una mayor reciprocidad en la corriente internacional de información, en particular corrigiendo las desigualdades en esa corriente hacia los países en desarrollo y desde esos países;
k) La promoción de una sociedad mundial de la información que incluya a todos, encaminada a la superación de la brecha digital, que promueva el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, creando oportunidades digitales y beneficiándose de las posibilidades que ofrecen dichas tecnologías;
l) El respeto de la diversidad cultural y de los derechos culturales de todos, puesto que ello aumenta el pluralismo cultural, contribuye a un intercambio más amplio de conocimientos y a la comprensión del acervo cultural, promueve la aplicación y el disfrute de los derechos humanos universalmente aceptados en todo el mundo y fomenta relaciones de amistad estables entre los pueblos y las naciones del mundo;
m) El derecho de todas las personas y todos los pueblos a un medio ambiente sano;
n) La promoción de un acceso equitativo a los beneficios de la distribución internacional de la riqueza mediante una mayor cooperación internacional, en particular en las relaciones económicas, comerciales y financieras internacionales;
o) El disfrute por todos del patrimonio común de la humanidad;
  1. Destaca la importancia de conservar la riqueza y la diversidad de la comunidad internacional de naciones y pueblos, así como de respetar las particularidades nacionales y regionales y los distintos acervos históricos, culturales y religiosos para mejorar la cooperación internacional en el ámbito de los derechos humanos;
  2. Destaca también que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí, y que la comunidad internacional debe tratar los derechos humanos de forma integral, justa y equitativa, en pie de igualdad y asignándoles la misma importancia, y reafirma que, sin dejar de tener presente la importancia de las particularidades nacionales y regionales y los distintos acervos históricos, culturales y religiosos, es obligación de los Estados, independientemente de su sistema político, económico y cultural, promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales;
  3. Insta a todos los que actúan en el plano internacional a que establezcan un orden internacional basado en la inclusión, la justicia, la paz, la igualdad y la equidad, la dignidad humana, la comprensión mutua y la promoción y el respeto de la diversidad cultural y los derechos humanos universales, y rechacen todas las doctrinas de exclusión basadas en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;
  4. Expresa su rechazo del unilateralismo y subraya su adhesión al multilateralismo y a las soluciones convenidas multilateralmente, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, como único medio aceptable de abordar los problemas internacionales;
  5. Recuerda que la Asamblea General se manifestó resuelta a ocuparse urgentemente de establecer un orden económico internacional basado en la equidad, la igualdad soberana, la interdependencia, el interés común y la cooperación entre todos los Estados, sea cual fuere su sistema económico y social, que corrija las desigualdades y repare las injusticias actuales, posibilite la eliminación de la disparidad cada vez mayor entre los países desarrollados y los países en desarrollo y asegure a las generaciones presentes y futuras la paz, la justicia y un desarrollo económico y social que se acelere a ritmo sostenido;
  6. Reafirma que la comunidad internacional debe concebir los medios y mecanismos para eliminar los obstáculos actuales y hacer frente a los problemas que se oponen al pleno ejercicio de todos los derechos humanos, e impedir que persistan en todo el mundo las violaciones de los derechos humanos resultantes de ellos;
  7. Insta a los Estados a que perseveren en sus esfuerzos, por medio de una mayor cooperación internacional, para promover un orden internacional democrático y equitativo;
  8. Pide a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y a los mecanismos de la Comisión y de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos que, en el marco de sus respectivos mandatos, presten la debida atención a la presente resolución y contribuyan a su aplicación;
  9. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de los Estados Miembros, los órganos, organismos y otros componentes del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales, en particular las instituciones de Bretton Woods, y las organizaciones no gubernamentales y que le dé la más amplia difusión posible;
  10. Decide seguir examinando esta cuestión en su 61º período de sesiones, en relación con el mismo tema del programa.

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Referencias

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