“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Resolución A/RES/96(I). El crimen de genocidio

De DHpedia
Saltar a: navegación, buscar
Gnome-devel.svg

Uno o varios usuarios o usuarias están trabajando actualmente en ampliar este artículo.
Es posible que que encuentre lagunas de contenido o deficiencias de formato. Contacta con ellos en la página de discusión del artículo.


Resolución A/RES/96(I). El crimen de genocidio
Ambassador Morgenthau's Story p314.jpg
Víctimas del Genocidio Armenio, 1818
Asunto: Asunto de la resolución
Fecha dd.mm.aaaa
Sesión núm.: nº de sesión
Signatura: A/RES/96(I)[1]
VOTACIÓN:
A favor: nº votos a favor
En contra: nº votos en contra
Abstenciones: nº de abstenciones
Ausentes: nº de ausentes
Resultado: Aprobada/Rechazada

La resolución A/RES/96(I), El crimen de genocidio (en inglés: The crime of genocide) fue adoptada por unanimidad por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 11 de diciembre de 1946. La Resolución A/RES/96(I) constituyó un importante paso en la definición y criminalización del genocidio en el ámbito mundial y un primer paso en la adopción de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948.

El término genocidio fue acuñado por el jurista polaco Raphael Lemkin (1900 - 1959) en 1944 para calificar las atrocidades cometidas por el régimen nazi contra millones de judíos, gitanos y otra minorías étnicas o grupos políticos. Lemkin también fue el principal impulsor para que el genocidio fuese reconocido como delito por el derecho internacional.

La Resolución define el genocidio como una negación del derecho de existencia a grupos humanos enteros, de la misma manera que el homicidio es la negación a un individuo del derecho a vivir y pide al Consejo Económico y Social que preparara el texto de una Convención sobre el crimen de genocidio.

La resolución fue presentada por Polonia y fue apoyada por un gran número de países, incluidos los Estados Unidos, el Reino Unido y la Unión Soviética. La resolución fue aprobada por unanimidad, lo que refleja el consenso internacional sobre la necesidad de condenar y prevenir el genocidio.

La Convención cuya preparación se solicita en el último párrafo de la Resolución será la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada por unanimidad y sin abstenciones el 9 de diciembre de 1948 (el mismo año en que se aprobara la Declaración Universal de Derechos Humanos) y entró en vigor el 12 de enero de 1951.

Texto completo de la resolución A/RES/96(I)

El genocidio es una negación del derecho de existencia a grupos humanos enteros, de la misma manera que el homicidio es la negación a un individuo del derecho a vivir; tal negación del derecho a la existencia conmueve la conciencia humana, causa una gran pérdida a la humanidad en el aspecto cultural y otras contribuciones representadas por estos grupos humanos, y es contraria a la ley moral y al espíritu y objetivos de las Naciones Unidas.

Muchos ejemplos de tales crímenes de genocidio han ocurrido cuando grupos raciales, religiosos o políticos han sido destruidos parcial o totalmente.

El castigo del crimen de genocidio es un asunto de preocupación internacional.

La Asamblea General, por lo tanto,

Afirma que el genocidio es un crimen de el Derecho Internacional y que el mundo civilizado condena y por el cual los autores y sus cómplices, deberán ser castigados, ya sean estos individuos particulares, funcionarios públicos o estadistas y el crimen que hayan cometido sea por motivos religiosos, raciales o políticos, o de cualquier otra naturaleza.

Invita a los Estados que son Miembros de las Naciones Unidas, a promulgar las leyes necesarias para la prevención y el castigo de este crimen;

Recomienda que se organice la cooperación internacional entre los Estados, con el fin de facilitar la rápida prevención y castigo del crimen de genocidio y, con este fin;

Solicita del Consejo Económico y Social que emprenda los estudios necesarios a fin de prepara un proyecto de convenio sobre el crimen de genocidio, para que sea sometido a la Asamblea General en su próxima sesión ordinaria. Quincuagésima quinta reunión plenaria,11 de diciembre de 1946.

Artículos relacionados

Referencias

Enlaces externos