“La erradicación de la pobreza no es un gesto de caridad. Es un acto de justicia. Es la protección de un derecho humano fundamental, el derecho a la dignidad y a una vida decente. Mientras persista la pobreza, no habrá verdadera libertad.”, Nelson Mandela (1918-2013)

Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos

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Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos

El Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos (en inglés: Council of Europe Convention on Access to Official Documents; en francés: Convention du Conseil de l'Europe sur l'accès aux documents publics) fue adoptado el 27 de noviembre de 2008 y abierto a ratificación el 18 de junio de 2009; en abril de 2012 aún no había entrado en vigor.

El Conveno establece el derecho a solicitar documentos públicos, definidos como toda aquella información que las entidades públicas tienen; cualquier persona puede ejercer este derecho sin tener que demostrar un interés particular en la información solicitada.

Este Convenio es una herramienta útil para promocionar la reforma legal y su adopción por parte de los estados miembros, así como registrar la tasa de respuesta que los gobirnos dan a los ciudadanos. El tratado también establece unos criterios mínimos que la Unión Europea debería aprobar con la reforma de su normativa de acceso a la documentación.

En abril de 2012 el Convenio había sido firmado por 14 de los 47 Estados del Consejo de Europa, de los cuales 5 (Bosnia y Herzegovina, Hungría, Montenegro, Noruega, Suecia) lo han ratificado. Para su entrada en vigor se necesitan 10 ratificaciones.

Texto completo on line del Convenio (inglés/español)

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