“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Consejo de Europa

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Cada uno de los Miembros del Consejo de Europa reconoce el principio del imperio del Derecho y el principio en virtud del cual cualquier persona que se halle bajo su Jurisdicción ha de gozar de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, y se compromete a colaborar sincera y activamente en la consecución de la finalidad definida en el capítulo primero.

Artículo 3 del Estatuto del Consejo de Europa, 1949 El Consejo de Europa (en francés: Conseil de l'Europe, en inglés: Council of Europe) es una organización internacional regional destinada a promover, mediante la cooperación de los estados de Europa, la configuración de un espacio político y jurídico común en el continente, sustentado sobre los valores de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho.

El Consejo de Europa fue constituido en el Congreso celebrado en La Haya el 7 de mayo de 1948, es la más antigua de las organizaciones que persiguen los ideales de la integración europea y la única que tiene en su seno a todos los Estados europeos, con la salvedad de Bielorrusia y Kazajistán, excluidos ambos por razón de su régimen político autocrático incompatible con los principios de la Organización, ni el Vaticano, como estado instrumental. Los Estados fundadores del Consejo de Europa fueron: Bégica, Dinamarca, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Suecia y Reino Unido.

El Consejo de Europa tiene 47 países miembros, todos los de la Europa entendida en su más amplia concepción geográfica. Ninguno de los estados europeos parcialmente reconocidos en el marco de las Naciones Unidas (Kosovo, la República Turca del Norte de Chipre, Osetia del Sur, Abjasia, Transnistria y Nagorno-Karabaj) es miembro actualmente del Consejo de Europa, mientras que la Santa Sede está presente como observadora, además de cinco estados no europeos: los Estados Unidos, Canadá, Japón, Israel y México. Su pluralidad, sin embargo, no ha sido óbice para la emergencia cada vez más notoria de la Unión Europea como foro político y jurídico más relevante del proceso de integración europea.
Bandera del Consejo de Europa

Organización del Consejo de Europa

  • Secretaría General: el secretario es elegido cada cinco años por la Asamblea Parlamentaria; desde el 2009, es Thorbjørn Jagland de Noruega.
  • Comité de Ministros: los ministerios de asuntos exteriores de los 47 estados miembros representados por sus propios ministros o por sus embajadores acreditados. La presidencia de este comité se alterna cada seis meses y se sigue el orden alfabético en inglés del estado.
  • Asamblea Parlamentaria: está compuesta de 318 miembros titulares y otros 318 suplentes elegidos por los parlamentos de los estados miembros. El número de representantes depende de la demografía (entre 10 y 18). Se reunen cuatro veces al año durante una semana.
  • Congreso de los Poderes Locales y Regionales: fue creada en 1994, representa a las colectividades locales y regionales en el seno del Consejo de Europa. Está dividida en dos cámaras una para los poderes locales y otra para las regiones. Tienen 315 miembros titulares y otros tantos suplentes que representan a las más de 200000 colectividades regionales y locales de los estados miembros. Se reunen una vez al año en Estrasburgo. Las dos cámaras eligen un presidente, que desde el 2008 es Yavuz Mildon.
  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos: creado con la Convención Europea de Derechos Humanos de 1950, está compuesto por un magistrado de cada estado miembro elegido de forma renovable cada seis años. El Tribunal en pleno elige un presidente por un periodo de tres años. Desde el 2007, Jean-Paul Costa de Francia es su presidente.
  • Comisario para los Derechos Humanos: es elegido por la Asamblea Parlamentaria para un mandato de 6 años. Este mandato no es renovable y se encarga de promover la educación y sensibilización respecto a los derechos humanos. Puede enviar las recomendaciones a los estados miembros y les informa al Comité de Ministros y a la Asamblea Parlamentaria. Ostenta este cargo desde el 2006 por el sueco Thomas Hammarberg.

El Consejo de Europa y los derechos humanos

En lo que respecta a la protección de los derechos humanos, el Consejo de Europa dispone de los siguientes organismos, tratado y planes:

  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos
    Estados miembros del Consejo de Europa
  • Steering Committee for Human Rights (CDDH)
  • Human Rights Law and Policy Division
  • Comité Europeo para la Prevención de la Tortura
  • Human Rights Trust Fund (2008)

En relación a la promoción de los derechos humanos:

  • Comisionado para los Derechos Humanos
  • La igualdad de género
  • La violencia contra la mujer y violencia doméstica
  • La Trata de Seres Humanos, Group of Experts on Action against Trafficking in Human Beings (GRETA)
  • Integración de las personas con discapacidad (Commissioner for Human Rights reports on disabilities)
  • El racismo y la intolerancia, European Commission against Racism and Intolerance (ECRI)
  • Derechos de los Romaníes
  • Derechos de los migrantes
  • Las minorías nacionales; Convention for the Protection of National Minorities (FCNM)
  • Lenguas regionales y minoritarias
  • Los derechos del niño; construir una Europa para y con los niños (Council of Europe programme for the promotion of children's rights and the protection of children from violence)
  • Derechos de los niños: abuso infantil (Council of Europe Convention on the Protection of Children against Sexual ExplOITation and Sexual Abuse, CETS No.: 201)
  • Los derechos del niño, una justicia apta para los niños (Guidelines on child friendly justice adopted by the Committee of Ministers of the Council of Europe on 17 November 2010)

En relación a la garantía de los derechos sociales, el Consejo de Europa ha adoptado los siguientes tratados y acuerdos:

  • Carta Social Europea
  • Código Europeo de Seguridad Social
  • Salud pública
  • Bioética
  • Uso indebido de drogas y el tráfico ilícito - Grupo Pompidou
  • Dirección Europea de la Calidad de los Medicamentos (EDQM Farmacopea)

Artículos relacionados

Referencias

Enlaces externos

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