“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Sistema Asiático de Derechos Humanos

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Sistema Asiático de Derechos Humanos

Mientras que existe un Sistema Interamericano de Derechos Humanos, un Sistema Europeo de Derechos Humanos y un Sistema Africano de Derechos Humanos, creados progresivamente mediante tratados regionales, no existe aún un tratado intergubernamental para la promoción y protección de los derechos humanos en la región de Asia-Pacífico, ni un Sistema Asiático de Derechos Humanos como tal. Las razones por las que aún no existe el Sistema Asiático pueden ser estas:

  • No existe una voluntad política al respecto, la mayoría de los gobiernos de la región consideran otras prioridades.
  • Se trata de una región enorme y muy heterogénea, lo que dificulta la creación de un tratado integral o de mecanismos de protección de los derechos humanos regionales.
  • Existe un celo por la soberanía nacional por parte de algunos gobiernos de la región, que entienden que las reclamaciones sobre derechos humanos constituyen interferencias en sus asuntos internos, lo que se refleja en una gran suspicacia respecto de las actividades en defensa de los derechos humanos. Las iniciativas universalistas en relación a los derechos humanos de la región parten de miembros de la sociedad civil.
  • Los gobiernos favorecen los derechos económicos, sociales y culturales y el derecho al desarrollo frente a los derechos civiles y políticos.
  • Aunque se muestre una cierta voluntad por parte de los gobiernos por cumplir los estánderes universales de derechos humanos, invocan unos valores asiáticos para justificar gobiernos fuertes y sistemas comunitarios y familiares fuertes, que prevalecen sobre las consideraciones individualistas, prioritarios en los derechos civiles y políticos.
  • Se aduce que los derechos humanos constituyen un concepto occidental.
  • Existe una negativa a que los acuerdos comerciales y la prestación de ayuda esté condicionada al respeto de los derechos humanos.

Los valores asiáticos

Algunos Estados autoritarios han intentado relativizar los valores de los derechos humanos, argumentando que el derecho al desarrollo era más importante que los derechos individuales a la occidental que entorpecerían sus posibilidades de crecimiento. Esta posición fue apoyada por algunas ONG de desarrollo europeas.

A comienzos de la década de 1990 esta idea del relativismo de los derechos humanos fue bien acogida por los Estados autoritarios del sudeste asiático (Malasia, Indonesia y Singapur), oponiendo la universalidad de los derechos humanos a esos valores asiáticos, que se fundamentan en la sumisión del individuo a la comunidad y la prevalencia del orden social a la libertad.

La tesis de los valores asiáticos encontró un gran número de apoyos en los centros de poder occidentales, deseosos de comercial con Asia sin molestos defensores de derechos humanos que demandaran y promocionaran valores como la libertad. No obstante, el 27 de marzo de 1993, 110 ONG de la región Asia-Pacífico adoptaron la Declaración de Bangkok, por la que establecían que las prácticas culturales que dorogaban o menospreciaban derechos humanos universalmente reconocidos, entre los que se incluían los derechos de la mujeres, no debían ser toleradas.

El Seminario de Teherán de 1998

En la región se realizan un gran número de actividades para la promoción y protección de los derechos humanos. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha fomentado la celebración de seminarios y talleres anuales en relación con los derechos humanos.

El Seminario de Teherán celebrado en 1998 aprueba un marco general y un programa de acción para la región, identificando cuatro áreas claves donde los países deben centrar sus prioridades para conseguir avances:

  • Realizar planes de acción nacionales de derechos humanos.
  • Implantar planes de educación para los derechos humanos en el ámbito nacional.
  • Creación de instituciones nacionales de derechos humanos.
  • Realización de los derechos económicos, sociales y culturales y el derecho al desarrollo.

Estas cuatro áreas de actuación han promocionado una serie de talleres de segumiento sobre asuntos específicos como educación y capacitación en derechos humanos.

El Seminario de Beirut de 2002

Aprueba un plan de acción para dos años, identificando objetivos en las siguientes áreas:

  • Planes Nacionales de Acción en Derechos Humanos y la capacitación.
  • Educación en derechos humanos.
  • Instituciones nacionales de derechos humanos.
  • Realización de los derechos económicos, sociales y culturales y el derecho al desarrollo.

El Seminario de Islamabad de 2003

En 2003 se realizó un encuentro en Islamabad (Pakistán), donde tuvo lugar una puesta en común de los desarrollos regionales y subregionales para la promoción y protección de los derechos humanos. Entre los aspectos positivos reseñados en este seminario están:

Instituciones nacionales de derechos humanos

Actualmente existen comisiones nacionales de derechos humanos en Australia, Nueva Zelanda, Fiji, Indonesia, Filipinas, India, Nepal, Malasia, Sri Lanka, Mongolia, Tailandia y Corea del Sur. Las características esenciales, que según las Naciones Unidas, características que deben tener estas instituciones son la independencia de los gobiernos y una composición plural. Las funciones de estas comisiones son:

  • La recepción de demandas
  • La investigación de violaciones de derechos humanos.
  • La promoción de la educación en derechos humanos.
  • La recomendación de medidas a los gobiernos para prevenir y remediar las violaciones de derechos humanos.

El Foro Asia-Pacífico de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos es una red de trabajo de instituciones nacionales de derechos humanos de ámbito regional cuyos miembros son los países más arriba citados. El Foro celebra encuentros anuales que constituyen una oportunidad para que las comisiones nacionales compartan experiencias e interaccionen. El Foro está asistido por un Consejo Consultivo de Juristas que ofrece sugerencias en aspectos clave.

La Carta de Derechos Humanos Asiáticos de 1997

Las organizaciones no gubernamentales de la región Asia-Pacífico han desarrolldo una inicitiva sobre derechos humanos desde la sociedad civil, que ha culminado con la Carta de Derechos Humanos Asiáticos, de carácter no gubernamental, como se ha indicado y que considera medidas como:

  • El reforzamiento de las garantías sobre derechos humanos en las constituciones nacionales.
  • La ratificación de los principales tratados internacionales de derechos humanos.
  • El establecimiento de comisiones nacionales de derechos humanos.
  • La posibilidad de que organizaciones no gubernamentales puedan adoptar acciones en representación de víctimas de violaciones de derechos humanos.

Asimismo, a finales de 2002, un numeroso grupo de organizaciones no gubernamentales se unieron al Foro de la Sociedad Civil Asiática, establecido en Bangkok (Tailandia), para colaborar entre ellas y estrechar vínculos con las agencias de las Naciones Unidas.

El proyecto de Carta de Derechos Humanos para las Naciones Asiáticas

Desde 2001, la Asociación de Parlamentarios Asiáticos para la Paz, una red de trabajo interparlamentaria, ha estado elaborando una Carta de Derechos Humanos para las Naciones Asiáticas. Entre las propuestas que incluye la Carta está el establecimiento de una Comisión Asiática de Derechos Humanos.

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Referencias

Enlaces externos

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