“La erradicación de la pobreza no es un gesto de caridad. Es un acto de justicia. Es la protección de un derecho humano fundamental, el derecho a la dignidad y a una vida decente. Mientras persista la pobreza, no habrá verdadera libertad.”, Nelson Mandela (1918-2013)

Instituciones nacionales de derechos humanos

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Instituciones nacionales de derechos humanos

Las instituciones nacionales de derechos humanos son organismos de carácter administrativo cuyo fin es proteger o vigilar los derechos humanos en un país determinado. La creación de este tipo de organimos ha sido alentada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, existiendo más de 100 de estas instituciones en el mundo.

Cada institución de este tipo tiene sus propias características, aunque todas son de carácter administrativo; esto es, no se tratade organismos judiciales ni legislativos. Generalmente tienen competencia para proporcionar asesoramiento en materia de derechos humanos en el ámbitos nacional e internacional; esta función es desempeñada con carácter general (mediante dictámenes y recomendaciones) o examinando denuncias presentadas por individuos o grupos y realizando pronunciamientos al respecto.

En algunos países la Constitución prevé el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos de este tipo. En otros casos se establecen mediante leyes o decretos.

La mayoría de las instituciones nacionales existentes pueden agruparse en dos categorías:

Otra variedad son las instituciones especializadas en la protección de los derechos de determinados grupos vulnerables (minorías étnicas y lingüísticas, poblaciones indígenas, menores, refugiados, mujeres,...).

Los Principios de París

Vea el artículo principalPrincipios de París

En octubre de 1991, el Centro de Derechos Humanos organizó una reunión técnica internacional a fin de examinar y actualizar la información relativa a las instituciones nacionales de derechos humanos existentes. A la reunión asistieron representantes de instituciones nacionales de derechos humanos, Estados, las Naciones Unidas y sus organismos especializados, organizaciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales. Los participantes formularon un conjunto de recomendaciones sobre la función, composición, el estatuto y las funciones de las instituciones nacionales de derechos humanos. Este documento, conocido como Principios de París, fue asumido por la Comsisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en marzo de 1992 y por la Asamblea General, en lal resolución A/RES/48/134, de 20 de diciembre de 1993.

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