“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Organización Internacional para las Migraciones

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Organización Internacional para las Migraciones

La Organización Internacional para las Migraciones (OIM; en inglés: International Organization for Migration; en francés: Organisation internationale pour les migrations) fue creada en diciembre de 1951 e inició sus actividad a principios de 1952 como Comité Intergubernamental para las Migraciones Europeas. La función principal de esta organización es procurar que las migraciones ordenadas y en condiciones humanitarias beneficien a los individuos y las sociedades. Es una organización creada por Estados soberanos mediante un tratado intenacional que no depende de las Naciones Unidas.

El 19 de octubre de 1953 la Organización Internacional para las Migraciones adoptó una Constitución que entró en vigor el 30 de noviembre de 1954. Más tarde, se realizaron enmiendas a que entraron en vigor el 14 de noviembre de 1989 y que dieron a la organización su nombre actual.

El artículo 1 de la Constitución de la OIM establece estos objetivos y funciones para la organización:

  • concertar todos los arreglos adecuados para asegurar el traslado organizado de los migrantes para quienes los medios existentes se revelen insuficientes o que, de otra manera, no podrían estar en condiciones de trasladarse sin asistencia especial hacia países que ofrezcan posibilidades de inmigración ordenada;
  • ocuparse del traslado organizado de los refugiados, personas desplazadas y otras necesitadas de servicios internacionales de migración respecto a quienes puedan concertarse arreglos de colaboración entre la Organización y los Estados interesados, incluidos aquellos Estados que se comprometan a acoger a dichas personas;
  • prestar, a solicitud de los Estados interesados y de acuerdo con los mismos, servicios de migración en materia de reclutamiento, selección, tramitación, enseñanza de idiomas, actividades de orientación, exámenes médicos, colocación, actividades que faciliten la acogida y la integración, asesoramiento en asuntos migratorios, así como toda otra ayuda que se halle de acuerdo con los objetivos de la Organización;
  • prestar servicios similares, a solicitud de los Estados o en cooperación con otras organizaciones internacionales interesadas, para la migración de retorno voluntaria, incluida la repatriación voluntaria;
  • poner a disposición de los Estados y de las organizaciones internacionales y otras instituciones un foro para el intercambio de opiniones y experiencias y el fomento de la cooperación y de la coordinación de las actividades relativas a cuestiones de migraciones internacionales, incluidos estudios sobre las mismas con el objeto de desarrollar soluciones prácticas.

La OIM coopera con organizaciones internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, que tienen su campo de actividad en las migraciones, los refugiados, para facilitar la coordinación de las actividades internacionales en la materia.

La Organización reconoce que las normas de admisión y el número de inmigrantes a admitir son cuestiones que corresponden a la jurisdicción interna de los Estados.

El número de Estados miembro de la organización era de 149 en enero 2013.

Órganos principales de la OIM

  • El Consejo: es el principal órgano rector y determina las políticas de la organización, cada Estado Miembro cuenta con un representante y un voto.
  • El Comité Ejecutivo: examina y revisa las políticas, las operaciones y la gestión; está actualmente formado por 33 Estados Miembros electos por períodos de dos años.
  • La Administración: formada por el Director General, un Director General Adjunto y el personal que el Consejo considere necesario, tiene a su cargo la administración y gestión de la Organización, de conformidad con la Constitución y con las políticas y decisiones que adopten el Consejo y el Comité Ejecutivo. El Director General, que es el funcionario ejecutivo de mayor rango en la Organización, y el Director General Adjunto son elegidos por el Consejo de manera independiente por un mandato de cinco años.

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Referencias

Enlaces externos

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