“La erradicación de la pobreza no es un gesto de caridad. Es un acto de justicia. Es la protección de un derecho humano fundamental, el derecho a la dignidad y a una vida decente. Mientras persista la pobreza, no habrá verdadera libertad.”, Nelson Mandela (1918-2013)

Renta básica

De DHpedia
Saltar a: navegación, buscar

Renta básica

Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

Del artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948

El derecho a la renta básica o ingreso ciudadano universal, que asegura a toda persona, con independencia de su edad, sexo, orientación sexual, estado civil o condición laboral, el derecho a vivir en condiciones materiales de dignidad. A tal fin, se reconoce el derecho a un ingreso monetario periódico incondicional sufragado con reformas fiscales y a cargo de los presupuestos del Estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro residente de la sociedad, independientemente de sus otras fuentes de renta, que sea adecuado para permitirle cubrir sus necesidades básicas.

Del artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes, 2007 La renta básica o renta básica universal se define como el derecho de todo ciudadano y residente acreditado a percibir una cantidad periódica que cubra, al menos, las necesidades vitales sin que por ello deba contraprestación alguna.

La renta básica, según la define la Red Renta Básica, es un ingreso pagado por el estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro de pleno derecho o residente de la sociedad incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre o, dicho de otra forma, independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quien conviva.

Se considera que es un mecanismo que garantiza la redistribución de la renta. Entre las características que ha de tener la renta básica:

  • Individual (no familiar)
  • Universal (no contributiva y para todos)
  • Incondicional (independiente del nivel de ingresos y del mercado de trabajo)
  • La cuantía ha de ser por lo menos igual al umbral de pobreza y recibir cada persona la misma cantidad
  • Una parte de la renta básica se percibirá en mano y la otra en forma de bienes de uso colectivo
  • La mayoría de las prestaciones sociales actuales sujetas a control y gasto burocrático quedarán refundidas en la renta básica

Las consecuencias que podría tener la implantación de una renta básica:

  • Mejoraría la situación de las personas con un nivel adquisitivo bajo
  • Los trabajos desagradables serían mejor pagados
  • Los trabajadores estarían en mejores condiciones para negociar los contratos de trabajo
  • No habría que vigilar que los parados trabajasen ilegalmente, como pasa con la ayuda por desempleo
  • Como no se perdería la renta básica al encontrar trabajo, sería menos probable que se trabajase de forma ilegal; así, no se gastaría dinero en investigar el fraude
  • El autoempleo sería menos arriesgado y mayores sus posibilidades de aumentar
  • Los sueldos mayores, que también recibirían la renta universal, estarían más gravados por impuestos directos; como resultado, el estado recuperaría el dinero que reciben dichos grandes sueldos

Los detractores de la renta básica afirman que:

  • Trabajaría mucha menos gente
  • Vendrían inmigrantes buscando conseguir este salario sin ninguna actividad productiva

Artículos relacionados

Referencias

Enlaces externos

Descargas