“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Protocolos de la Convención Europea de Derechos Humanos

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La Convención Europea de Derechos Humanos (cuyo nombre oficial es Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales), adoptada por el Consejo de Europa el 4 de noviembre de 1950 y que entró en vigor en 1953, ha sido desarrollada y modificada por diversos protocolos que han ampliado el número de derechos y libertades o han mejorado las garantías de control para su protección.

Desde 1950 se han adoptado 16 protoclos, que han permitido la evolución del sistema europeo de protección de los derechos humanos. Para que cada protocolo entre en vigor, es necesario que sea ratificado por un número mínimo de Estados o por la totalidad de los mismos, según su finalidad.

Los protocolos número 15 y 16 adoptados el 24 de junio de 2013 y 2 de octubre de 2013 respectivamente, aún no han entrado en vigor. El protocolo provisional 14bis fue abierto a la firma en 2009, en espera de la ratificación del Protocolo nº 14. Ahora que todos los estados miembros del Consejo de Europa han ratificado el Protocolo nº 14, el Protocolo 14bis ha perdido su razón de ser y de acuerdo con sus propios términos dejó de tener vigencia cuando el Protocolo nº 14 entró en vigor el 1 de junio de 2010.

Cuadro resumen de Protocolos

https://echr.coe.int/Documents/Library_Collection_ProtocolsTable_ENG.pdf

Número Firma Lugar Derechos adicionales Nota
(1) 20.03.1952 París 18.05.1954 Propiedad y otros También llamado Primer Protocolo
2 06.05.1963 1
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16

Protocolos adicionales

Los protocolos adicionales permiten la ampliación del listado de derechos inicialmente reoconocidos en el Convenio. Estos protocolos pueden ser firmaos y ratificados por Estados que ya sean parte en el Convenio. Entran en vigor cuando el protocolo reúne un número mínimo de ratificaciones que él mismo establece. Estos son los protocolos adicionales adotados:

  • El Protocolo nº 1, de 1952, incorpora los derechos a la propiedad, a la educación y a la celebración de elecciones libres.
  • El Protocolo nº 4, de 1963, prohíbe la prisión por deudas, regula la libertad de circulación, prohíbe que un Estado expulse a sus nacionales y prohíbe las expulsiones colectivas de extranjeros.
  • El Protocolo nº 6, de 1983, prohíbe la pena de muerte, excepto en caso de guerra.
  • El Protocolo nº 7, de 1984, establece garantías de procedimiento en el caso de expulsión de extranjeros, reconoce el derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal, establece el derecho a indemnización en caso de error judicial, establece el derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo delito e instituye la igualdad entre cónyuges.
  • El Protocolo nº 12, de 2000, incorporó una prohibición general de discriminación en la aplicación de cualquier derecho reconocido legalmente.
  • El Protocolo nº 13, de 3 de mayo de 2002, extiende la abolición de la pena de muerte y la prohíbe en cualquier circunstancia, incluso en tiempos de guerra.

Protocolos procedimentales

Los protocolos procedimentales permiten la modificación de los procedimiento de protección de los derechos, debiendo por ello ser firmados por todos los estados parte para que entren en vigor:

  • El Protocolo nº 11 (noviembre 1998) revisó en profundidad el texto de la Convención con el fin de modificar el procedimiento de protección de los derechos. Suprimió la Comisión Europea de los Derechos Humanos y reformó el Tribunal, permitiendo que los individuos presentaran demandas directamente ante él.
  • El Protocolo nº 14 (mayo 2004) completa los mecanismos de control del Convenio. Asimismo, hace más eficiente el sistema europeo de derechos humanos. Ha sido ampliado por el Acuerdo de Madrid, en mayo de 2009.
  • El Protocolo nº 14bis
  • Las disposiciones incorporadas por los protocolos nº 2, nº 3, nº 5 y nº 8 fueron sustituidas por las del Protocolo nº 11. Este último también abrogó el Protocolo nº 9. En cuanto al Protocolo nº 10, nunca llegó a entrar en vigor y su contenido quedó superado al ser aprobado el Protocolo nº 11.

Artículos relacionados

Referencias

Enlaces externos