“Los hombres buenos y generosos, no crean victimas; cuidan de las victimas.”, Julian Assange
Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz
Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz | ||||||||||
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La Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz (en inglés: Declaration and Programme of Action on a Culture of Peace) fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de octubre de 1999 mediante la resolución A/RES/53/243, [2] adoptada sin votación.[3]
La resolución A/RES//52/13| (1998) define la cultura de pazo como el conjunto de valores, actitudes y conductas que plasman y suscitan a la vez interacciones e intercambios sociales basados en principios de libertad, justicia y democracia, todos los derechos humanos, la tolerancia y la solidaridad, que rechazan la violencia y procuran prevenir los conflictos tratando de atacar sus causas para solucionar los problemas mediante el diálogo y la negociación y que garantizan el pleno ejercicio de todos los derechos y proporcionan los medios para participar plenamente en el proceso de desarrollo de su sociedad.
La Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz es un documento formado por 9 artículos e incluye un Programa de Acción con objetivos, estrategias y agentes principales y una Consolidación de las medidas a adoptar todos los agentes pertinentes en los planos nacional, regional e internacional, para promover una Cultura de la Paz por medio, principalmente, de la educación.
En dicho documento se hace un llamado a todos los (individuos, grupos, asociaciones, comunidades educativas, empresas e instituciones) a llevar a su actividad cotidiana un compromiso consistente basado en el respeto por todas las vidas, el rechazo a la violencia, la generosidad, el entendimiento, la preservación ambiental y la solidaridad.
La Declaración y el Programa de Acción sobre una Cultura de Paz identifica ocho ámbitos de acción para los distintos actores en los ámbitos local, nacional y internacional que proponen:[4]
- Promover una cultura de paz por medio de la educación.
- Promover el desarrollo económico y social sostenible.
- Promover el respeto de todos los derechos humanos.
- Garantizar la igualdad entre mujeres y hombres.
- Promover la participación democrática.
- Promover la comprensión, la tolerancia y la solidaridad.
- Apoyar la comunicación participativa y la libre circulación de información y conocimientos.
- Promover la paz y la seguridad internacionales.
Contenido
Antecedentes de la Declaración sobre una Cultura de Paz
A partir del quincuagésimo periodo de sesiones (1995) de la Asamblea General ha ido prestando atención a una cultura de paz. Se dedicaron a este tema las siguientes decisiones, en las que, como se indica, se pide al Director General de la UNESCO que coordine con el Secretario General de las Naciones Unidas la presentación de informes de seguimiento:[5]
- Resolución A/RES/50/173 de la Asamblea General, se pedía la elaboración de un informe sobre las actividades educacionales llevadas a cabo en el marco del proyecto transdisciplinario de la UNESCO titulado “Hacia una cultura de paz”, informe que se presentó en el documento A/51/395;
- Resolución A/RES/51/101 de la Asamblea General, se pedía la elaboración de un informe que comprendiera la preparación de los elementos de un proyecto de declaración y programa de acción sobre una cultura de paz, informe que se presentó en el documento A/52/292;
- Resolución 1997/47 del Consejo Económico y Social, se pedía a la Asamblea General que proclamara el año 2000 Año Internacional de la Cultura de la Paz, de cuya coordinación se encargaría la UNESCO, y se pedía que se elaborara un informe sobre los preparativos para el Año, informe que se presentó en el documento E/1998/52;
- Resolución A/RES/52/13[6] de la Asamblea General, se pedía la elaboración de un informe consolidado que contuviera un proyecto de declaración y programa de acción sobre una cultura de paz, informe que se ha presentado a la Asamblea General (también lo tiene ante sí el Consejo Ejecutivo en el documento 155 EX/49);
- Resolución A/RES/52/15[7] de la Asamblea General, se proclamaba el año 2000 Año Internacional de la Cultura de la Paz;
- Resolución E/1998/47 del Consejo Económico y Social se tomaba nota con satisfacción del informe sobre la situación de los preparativos del Año Internacional y se recalcaba que la “transición de una cultura de guerra y violencia a una cultura de paz y no violencia es un proceso que reviste un gran significado histórico”.
- Resolución E/1998/L.14/Rev.1 del Consejo Económico y Social se recomienda a la Asamblea General que proclame el Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo (2001-2010).
Texto completo de la Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz
Declaración sobre una Cultura de Paz
La Asamblea General,
Recordando la Carta de las Naciones Unidas, incluidos los propósitos y principios enunciados en ella,
Recordando también que en la Constitución de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura se declara que "puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz",
Recordando además la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales pertinentes del sistema de las Naciones Unidas,
Reconociendo que la paz no sólo es la ausencia de conflictos, sino que también requiere un proceso positivo, dinámico y participativo en que se promueva el diálogo y se solucionen los conflictos en un espíritu de entendimiento y cooperación mutuos,
Reconociendo también que el final de la guerra fría ha ampliado las posibilidades de reforzar una cultura de paz,
Expresando profunda preocupación por la persistencia y la proliferación de la violencia y los conflictos en diversas partes del mundo,
Reconociendo la necesidad de eliminar todas las formas de discriminación e intolerancia, incluidas las basadas en la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la propiedad, las discapacidades, el nacimiento u otra condición,
Recordando su resolución 52/15, de 20 de noviembre de 1997, en que proclamó el año 2000 "Año Internacional de la Cultura de la Paz", y su resolución 53/25, de 10 de noviembre de 1998, en que proclamó el periodo 2001-2010 "Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo",
Reconociendo la importante función que sigue desempeñando la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en la promoción de una cultura de paz,
Proclama solemnemente la presente Declaración sobre una Cultura de Paz con el fin de que los Gobiernos, las organizaciones internacionales y la sociedad civil puedan orientar sus actividades por sus disposiciones a fin de promover y fortalecer una cultura de paz en el nuevo milenio:
Artículo 1
Una cultura de paz es un conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida basados en:
- a) El respeto a la vida, el fin de la violencia y la promoción y la práctica de la no violencia por medio de la educación, el diálogo y la cooperación;
- b) El respeto pleno de los principios de soberanía, integridad territorial e independencia política de los Estados y de no injerencia en los asuntos que son esencialmente jurisdicción interna de los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional;
- c) El respeto pleno y la promoción de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales;
- d) El compromiso con el arreglo pacífico de los conflictos;
- e) Los esfuerzos para satisfacer las necesidades de desarrollo y protección del medio ambiente de las generaciones presente y futuras;
- f) El respeto y la promoción del derecho al desarrollo;
- g) El respeto y el fomento de la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;
- h) El respeto y el fomento del derecho de todas las personas a la libertad de expresión, opinión e información;
- i) La adhesión a los principios de libertad, justicia, democracia, tolerancia, solidaridad, cooperación, pluralismo, diversidad cultural, diálogo y entendimiento a todos los niveles de la sociedad y entre las naciones;
y animados por un entorno nacional e internacional que favorezca a la paz.
Artículo 2
El progreso hacia el pleno desarrollo de una cultura de paz se logra por medio de valores, actitudes, comportamientos y estilos de vida propicios para el fomento de la paz entre las personas, los grupos y las naciones.
Artículo 3
El desarrollo pleno de una cultura de paz está integralmente vinculado a:
- a) La promoción del arreglo pacífico de los conflictos, el respeto y el entendimiento mutuos y la cooperación internacional;
- b) El cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas en virtud de la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional;
- c) La promoción de la democracia, el desarrollo de los derechos humanos y las libertades fundamentales y el respeto y cumplimiento universales de éstos;
- d) La posibilidad de que todas las personas a todos los niveles desarrollen aptitudes para el diálogo, la negociación, la formación de consenso y la solución pacífica de controversias;
- e) El fortalecimiento de las instituciones democráticas y la garantía de la participación plena en el proceso del desarrollo;
- f) La erradicación de la pobreza y el analfabetismo y la reducción de las desigualdades entre las naciones y dentro de ellas;
- g) La promoción del desarrollo económico y social sostenible;
- h) La eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer promoviendo su autonomía y una representación equitativa en todos los niveles de la adopción de decisiones;
- i) El respeto, la promoción y la protección de los derechos del niño;
- j) La garantía de la libre circulación de información en todos los niveles y la promoción del acceso a ella;
- k) El aumento de la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los asuntos públicos;
- l) La eliminación de todas las formas de racismo, discriminación racial, xenofobia e intolerancia conexas;
- m) La promoción de la comprensión, la tolerancia y la solidaridad entre todas las civilizaciones los pueblos y las culturas, incluso hacia las minorías étnicas, religiosas y lingüísticas;
- n) El respeto pleno del derecho a la libre determinación de todos los pueblos, incluidos los que viven bajo dominación colonial u otras formas de dominación u ocupación extranjera, como está consagrado en la Carta de las Naciones Unidas y expresado en los Pactos internacionales de derechos humanos, así como en la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales contenida en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960.
Artículo 4
La educación a todos los niveles es uno de los medios fundamentales para edificar una cultura de paz. En ese contexto, es de particular importancia la educación en la esfera de los derechos humanos.
Artículo 5
Los gobiernos tienen una función primordial en la promoción y el fortalecimiento de una cultura de paz.
Artículo 6
La sociedad civil ha de comprometerse plenamente en el desarrollo total de una cultura de paz.
Artículo 7
El papel informativo y educativo de los medios de difusión contribuye a promover una cultura de paz.
Artículo 8
Desempeñan una función clave en la promoción de una cultura de paz los padres, los maestros, los políticos, los periodistas, los órganos y grupos religiosos, los intelectuales, quienes realizan actividades científicas, filosóficas, creativas y artísticas, los trabajadores sanitarios y de actividades humanitarias, los trabajadores sociales, quienes ejercen funciones directivas en diversos niveles, así como las organizaciones no gubernamentales.
Artículo 9
Las Naciones Unidas deberían seguir desempeñando una función crítica en la promoción y el fortalecimiento de una cultura de paz en todo el mundo.
Programa de Acción sobre una Cultura de Paz
La Asamblea General
Teniendo en cuenta la Declaración sobre una Cultura de Paz aprobada el 13 de septiembre de 1999,
Recordando su resolución 52/15, de 20 de noviembre de 1997, en que proclamó el año 2000 “Año Internacional de la Cultura de la Paz" y su resolución 53/25, de 10 de noviembre de 1998, en que proclamó el período 2001-2010 "Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo",
Aprueba el siguiente Programa de Acción sobre una Cultura de Paz:
A. Objetivos, estrategias y agentes principales
1. El Programa de Acción constituiría la base del Año Internacional de la Cultura de la Paz y del Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo.
2. Se alienta a los Estados Miembros a que adopten medidas para promover una cultura de paz en el plano nacional, así como en los planos regional e internacional.
3. La sociedad civil debería participar en los planos local, regional y nacional a fin de ampliar el ámbito de las actividades relativas a una cultura de paz.
4. El sistema de las Naciones Unidas debería reforzar las actividades que realiza en pro de una cultura de paz.
5. La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura debería mantener su función esencial en la promoción de una cultura de paz y contribuir a ello de forma significativa.
6. Deberían fomentarse y afianzarse las asociaciones entre los diversos agentes que se indican en la Declaración para un movimiento mundial en favor de una cultura de paz.
7. Una cultura de paz se promovería mediante el intercambio de información entre los agentes sobre sus iniciativas a este respecto.
8. La ejecución eficaz del Programa de Acción exige la movilización de recursos, incluidos recursos financieros, por parte de los gobiernos, las organizaciones y los particulares interesados.
B. Consolidación de las medidas que adopten todos los agentes pertinentes en los planos nacional, regional e internacional
9. Medidas para promover una cultura de paz por medio de la educación:
- a) Revitalizar las actividades nacionales y la cooperación internacional destinadas a promover los objetivos de la educación para todos con miras a lograr el desarrollo humano, social y económico y promover una cultura de paz;
- b) Velar por que los niños, desde la primera infancia, reciban instrucción sobre valores, actitudes, comportamientos y estilos de vida que les permitan resolver conflictos por medios pacíficos y en un espíritu de respeto por la dignidad humana y de tolerancia y no discriminación;
- c) Hacer que los niños participen en actividades en que se les inculquen los valores y los objetivos de una cultura de paz;
- d) Velar por que haya igualdad de acceso de las mujeres, especialmente de las niñas, a la educación,
- e) Promover la revisión de los planes de estudio, incluidos los libros de texto, teniendo en cuenta la Declaración y el Plan de Acción Integrado sobre la Educación para la Paz, los Derechos Humanos y la Democracia de 1995, para lo cual la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura prestaría cooperación técnica si así se le solicitara;
- f) promover y reforzar las actividades de los agentes que se indican en la Declaración, en particular la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Actas de la Conferencia General, 28a. reunión, París, 25 de octubre a 16 de noviembre de 1995, destinadas a desarrollar valores y aptitudes que favorezcan una cultura de paz, incluidas la educación y la capacitación en la promoción del diálogo y el consenso;
- g) Reforzar las actividades en marcha de las entidades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas destinadas a impartir capacitación y educación, cuando corresponda, en las esferas de la prevención de los conflictos y la gestión de las crisis, el arreglo pacífico de las controversias y la consolidación de la paz después de los conflictos;
- h) Ampliar las iniciativas en favor de una cultura de paz emprendidas por instituciones de enseñanza superior de diversas partes del mundo, incluidas la Universidad de las Naciones Unidas la Universidad para la Paz y el proyecto relativo al Programa de universidades gemelas y de Cátedras de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
10. Medidas para promover el desarrollo económico y social sostenible:
- a) Tomar medidas amplias basándose en estrategias adecuadas y objetivos convenidos a fin de erradicar la pobreza mediante actividades nacionales e internacionales, incluso mediante la cooperación internacional:
- b) Reforzar la capacidad nacional para aplicar políticas y programas destinados a reducir las desigualdades económicas y sociales dentro de las naciones, por medio, entre otras cosas, de la cooperación internacional;
- c) Promover soluciones efectivas, equitativas, duraderas y orientadas al desarrollo para los problemas de la deuda externa y el servicio de la deuda de los países en desarrollo, por medio, entre otras cosas, del alivio de la carga de la deuda;
- d) Reforzar las medidas que se adopten a todos los niveles para aplicar estrategias nacionales en pro de la seguridad alimentaria sostenible, incluida la formulación de medidas para movilizar y aprovechar al máximo la asignación y utilización de recursos obtenidos de todas las fuentes, incluso gracias a la cooperación internacional, como los recursos procedentes del alivio de la carga de la deuda;
- e) Adoptar más medidas para velar por que el proceso de desarrollo sea participativo y por que los proyectos de desarrollo cuenten con la plena participación de todos;
- f) Incluir una perspectiva de género y el fomento de la autonomía de mujeres y niñas como parte integrante del proceso de desarrollo;
- g) Incluir en las estrategias de desarrollo medidas especiales en que se atiendan las necesidades de mujeres y niños, así como de grupos con necesidades especiales;
- h) Reforzar mediante la asistencia al desarrollo después de los conflictos los procesos de rehabilitación, reintegración y reconciliación de todos los involucrados en el conflicto;
- i) Incluir medidas de creación de capacidad en las estrategias y proyectos de desarrollo dedicados a la sostenibilidad del medio ambiente, incluidas la conservación y la regeneración de la base de recursos naturales;
- j) Eliminar obstáculos que impidan la realización del derecho de los pueblos a la libre determinación, en particular de los pueblos que viven bajo dominación colonial u otras formas de dominación u ocupación extranjera, que afectan negativamente a su desarrollo social y económico.
11. Medidas para promover el respeto de todos los derechos humanos:
- a) Aplicar cabalmente la Declaración y Programa de Acción de Viena;
- b) Alentar la formulación de planes de acción nacionales para promover y proteger todos los derechos humanos;
- c) Fortalecer las instituciones y capacidades nacionales en la esfera de los derechos humanos, incluso por medio de instituciones nacionales de derechos humanos;
- d) Realizar y aplicar el derecho al desarrollo establecido en la Declaración sobre el derecho al desarrollo y la Declaración y Programa de Acción de Viena;
- e) Lograr los objetivos del Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos, 1995-20046;
- f) Difundir y promover la Declaración Universal de Derechos Humanos a todos los niveles;
- g) Prestar más apoyo a las actividades que realiza la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el desempeño de su mandato establecido en la resolución 48/141 de la Asamblea General, de 20 de diciembre de 1993, así como las responsabilidades establecidas en resoluciones y decisiones subsiguientes.
12. Medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres:
- a) Integrar la perspectiva de género en la aplicación de todos los instrumentos internacionales pertinentes;
- b) Intensificar la aplicación de los instrumentos internacionales en que se promueve la igualdad entre mujeres y hombres;
- c) Aplicar la Plataforma de Acción de Beijing aprobada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer con los recursos y la voluntad política que sean necesarios y por medio, entre otras cosas, de la elaboración, la aplicación y el seguimiento de los planes de acción nacionales;
- d) Promover la igualdad entre mujeres y hombres en la adopción de decisiones económicas, sociales y políticas;
- e) Seguir fortaleciendo las actividades de las entidades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas destinadas a eliminar todas las formas de discriminación y violencia contra la mujer;
- f) Prestar apoyo y asistencia a las mujeres que han sido víctimas de cualquier forma de violencia, incluso en el hogar, el lugar de trabajo y durante los conflictos armados.
13. Medidas para promover la participación democrática:
- a) Consolidar todas las actividades destinadas a promover principios y prácticas democráticos;
- b) Hacer especial hincapié en los principios y prácticas democráticos en todos los niveles de la enseñanza escolar, extraescolar y no escolar;
- c) Establecer y fortalecer instituciones y procesos nacionales en que se promueva y se apoye la democracia por medio, entre otras cosas, de la formación de funcionarios públicos y la creación de capacidad en ese sector:
- d) Fortalecer la participación democrática por medio, entre otras cosas, de la prestación de asistencia electoral a petición de los Estados interesados y de conformidad con las directrices pertinentes de las Naciones Unidas;
- e) Luchar contra el terrorismo, la delincuencia organizada, la corrupción, así como la producción, el tráfico y el consumo de drogas ilícitas y el blanqueo de dinero, por su capacidad de socavar la democracia e impedir el pleno desarrollo de una cultura de paz.
14. Medidas encaminadas a promover la comprensión, la tolerancia y la solidaridad:
- a) Aplicar la Declaración de Principios sobre la Tolerancia y el Plan de Acción de Seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia (1995);
- b) Apoyar las actividades que se realicen en el contexto del Año de las Naciones Unidas del Diálogo entre Civilizaciones, que se celebrará en 2001;
- c) Estudiar más a fondo las prácticas y tradiciones locales o autóctonas de solución de controversias y promoción de la tolerancia con el objetivo de aprender de ellas;
- d) Apoyar las medidas en que se promueva la comprensión, la tolerancia y la solidaridad en toda la sociedad, en particular con los grupos vulnerables;
- e) Seguir apoyando el logro de los objetivos del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo;
- f) Apoyar las medidas en que se promueva la tolerancia y la solidaridad con los refugiados y las personas desplazadas, teniendo en cuenta el objetivo de facilitar su regreso voluntario y su integración social;
- g) Apoyar las medidas en que se promueva la tolerancia y la solidaridad con los migrantes;
- h) Promover una mayor comprensión, tolerancia y cooperación entre todos los pueblos, por medio, entre otras cosas, de la utilización adecuada de nuevas tecnologías y la difusión de información;
- i) Apoyar las medidas en que se promueva la comprensión, la tolerancia, la solidaridad y la cooperación entre los pueblos y entre las naciones y dentro de ellas.
15. Medidas destinadas a apoyar la comunicación participativa y la libre circulación de información y conocimientos:
- a) Apoyar la importante función que desempeñan los medios de difusión en la promoción de una cultura de paz;
- b) Velar por la libertad de prensa y la libertad de información y comunicación;
- c) Hacer uso eficaz de los medios de comunicación en la promoción y difusión de la información sobre una cultura de paz contando con la participación, como corresponda, de las Naciones Unidas y de los mecanismos regionales, nacionales y locales pertinentes;
- d) Promover la comunicación social a fin de que las comunidades puedan expresar sus necesidades y participar en la adopción de decisiones;
- e) Adoptar medidas acerca del problema de la violencia en los medios de información, incluidas las nuevas tecnologías de comunicación, entre otras, la Internet;
- f) Incrementar las medidas destinadas a promover el intercambio de información sobre las nuevas tecnologías de la información, incluida la Internet.
16. Medidas para promover la paz y la seguridad internacionales:
- a) Promover el desarme general y completo bajo control internacional estricto y efectivo, teniendo en cuenta las prioridades establecidas por las Naciones Unidas en la esfera del desarme;
- b) Inspirarse, cuando proceda, en las experiencias favorables a una cultura de paz obtenidas de las actividades de "conversión militar" realizadas en algunos países del mundo;
- c) Destacar la inadmisibilidad de la adquisición de territorios mediante la guerra y la necesidad de trabajar en pro de una paz justa y duradera en todas las partes del mundo;
- d) Alentar la adopción de medidas de fomento de la confianza y actividades para la negociación de arreglos pacíficos de los conflictos;
- e) Tomar medidas para eliminar la producción y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras;
- f) Apoyar actividades, a los niveles nacional, regional e internacional, encaminadas a la solución de problemas concretos que se produzcan después de los conflictos, como la desmovilización y la reintegración de excombatientes en la sociedad, así como de refugiados y personas desplazadas, la ejecución de programas de recogida de armas, el intercambio de información y el fomento de la confianza;
- g) Desalentar y abstenerse de adoptar cualquier medida unilateral que no esté en consonancia con el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas y dificulte el logro pleno del desarrollo económico y social de la población de los países afectados, en particular mujeres y niños, impida su bienestar, cree obstáculos para el goce pleno de sus derechos humanos, incluido el derecho de todos a un nivel de vida adecuado para su salud y bienestar y el derecho a los alimentos, la atención médica y los servicios sociales necesarios, al tiempo que se reafirma que los alimentos y los medicamentos no deben utilizarse como instrumento de presión política;
- h) Abstenerse de adoptar medidas de coacción militar política, económica o de cualquier otra índole, que no estén en consonancia con el derecho internacional y la Carta y cuyo objetivo sea atentar contra la independencia política o la integridad territorial de los Estados;
- i) Recomendar que se dé la consideración adecuada a la cuestión de las repercusiones humanitarias de las sanciones, en particular para las mujeres y los niños, con miras a reducir al mínimo las consecuencias humanitarias de las sanciones;
- j) Promover una mayor participación de la mujer en la prevención y la solución de conflictos y, en particular, en las actividades en que se promueva una cultura de paz después de los conflictos;
- k) Promover iniciativas de solución de conflictos como el establecimiento de días de tranquilidad para llevar a cabo campañas de vacunación y distribución de medicamentos, corredores de paz para permitir la entrega de suministros humanitarios y santuarios de paz para respetar el papel fundamental de las instituciones sanitarias y médicas, como hospitales y clínicas;
- l) Alentar la capacitación en técnicas de entendimiento, prevención y solución de conflictos impartida al personal interesado de las Naciones Unidas, las organizaciones regionales pertinentes y los Estados Miembros, previa petición, cuando corresponda.
107a. sesión plenaria 13 de septiembre de 1999
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Referencias
- ↑ https://undocs.org/es/A/RES/53/243
- ↑ https://undocs.org/es/A/RES/53/243
- ↑ https://digitallibrary.un.org/record/403996?ln=es
- ↑ http://unescopaz.uprrp.edu/documentos/culturapaz.pdf
- ↑ https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000113537_spa
- ↑ https://undocs.org/pdf?symbol=es/A/RES/52/13
- ↑ https://undocs.org/sp/A/RES/52/15