“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Convenios y Protocolos de la Organización Internacional del Trabajo

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Convenios y Protocolos de la Organización Internacional del Trabajo

«[...] existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales [...]»

Del preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1919

Las normas internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), elaboradas por los Gobiernos de los Estados Miembros y sus organizaciones de empleadores y de trabajadores se refieren a todos los ámbitos laborales, como son la abolición del trabajo forzoso, la libertad de asociación, la igualdad de oportunidades y de trato, la promoción del empleo y de la formación profesional, la seguridad social, las condiciones de trabajo, la protección de la maternidad, la edad mínima para acceder al empleo, la protección de los trabajadores migrantes y de categorías de trabajadores como la gente de mar,...

Los convenios son aplicables en los países que los ratifican; la OIT se ocupa de supervisar en todo momento la aplicación de estas normas. Cada Estado Miembro tiene la obligación de presentar un informe periódico a la Oficina Internacional del Trabajo sobre las medidas de legales y prácticas adoptadas para aplicar los convenios que ha ratificado. Los informes de los gobiernos son examinados por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, formada por una veintena de personalidades independientes, que poseen una importante cualificación en el ámbito jurídico o social y especializadas en cuestiones laborales. La Comisión presenta un informe anual a la Conferencia Internacional del Trabajo, que se somete al examen de un comité tripartito integrado por delegados de los gobiernos, de los empleadores y de los trabajadores.

Las organizaciones de empleadores y de trabajadores pueden presentar reclamaciones ante la Oficina Internacional del Trabajo, alegando el incumplimiento por parte de un Estado Miembro de un convenio ratificado por éste .

Listado de Convenios y Protocolos de la Organización Internacional del Trabajo con enlaces al texto de los mismos al sitio web de la OIT.

Listado

Convenios del 1 al 10

Convenios del 11 al 20

Convenios del 21 al 30

Convenios del 31 al 40

Convenios del 41 al 50

Convenios del 51 al 60

Convenios del 61 al 70

Convenios del 71 al 80

Convenios del 81 al 90

Convenios del 91 al 100

Convenios del 101 al 110

Convenios del 111 al 120

Convenios del 121 al 130

Convenios del 131 al 140

Convenios del 141 al 150

Convenios del 151 al 160

Convenios del 161 al 170

Convenios del 171 al 180

Convenios del 181 al 190

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