“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Revisión de los tratados

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La revisión de los tratados es la enmienda o modificación de un tratado en la forma prevista en el propio tratado o por las reglas generales del derecho internacional.[1]

Con la revisión de los tratados se intenta evitar que se hagan inaplicables cuando el paso del tiempo trae nuevas circunstancias.[2]

La revisión de un tratado es la modificación de sus disposiciones para adaptarlo a condiciones nuevas. El Pacto de la Sociedad de Naciones, en el art. 19 preveía que la Asamblea podía invitar a los Estados miembros a “proceder a un nuevo examen de los tratados que se hubieran hecho inaplicables” (especie de válvula de seguridad). Por el contrario la Carta de las Naciones Unidas no contempla la posibilidad de la reforma de los tratados.[3]

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Referencias

Enlaces externos