“Los hombres buenos y generosos, no crean victimas; cuidan de las victimas.”, Julian Assange

Relator especial

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Sede del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.

Un relator especial de las Naciones Unidas (United Nations Special Rapporteur) es un experto independiente nombrado por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, los grupos de trabajo establecidos en el marco de estos órganos y los representantes especiales del Secretario General para examinar la situación de un país o un asunto concreto de derechos humanos, e informar al respecto. Los relatores especiales ejercen su cargo a título honorario y no forman parte del personal de las Naciones Unidas ni reciben un sueldo por su mandato.

La funciones de un relator especial quedan definidas en su mandato. Los titulares de mandatos, relatores especiales, representantes especiales, representantes expertos independientes y miembros de grupos de trabajo cumplen su función a título personal. Los sistemas regionales (Sistema interamericano, Sistema africano,...) de protección de derechos humanos, así como algunas instituciones nacionales de derechos humanos también suelen nombrar sus propios relatores.

Los relatores especiales y expertos independientes contituyen mecanismos extraconvencionales o procedimientos especiales (en referencia a los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas) formados por una única persona, a diferencia de los procedimientos especiales integrados por un grupo de trabajo[1].

Los mandatos confiados esos procedimientos y mecanismos consisten en examinar y vigilar la situación de los derechos humanos en países o territorios específicos (mecanismos o mandatos por país) o las situaciones importantes de violaciones de los derechos humanos en el ámbito mundial (mecanismos o mandatos temáticos).

Desde junio de 2007, el Consejo de Derechos Humanos comenzó un proceso de revisión, racionalización y mejoramiento de los mandatos relativo a los procedimientos especiales heredados de la Comisión de Derechos Humanos. Suprimió o enmendó algunos mandatos, instituyó otros nuevos, elaboró procedimientos para la selección y nombramiento de los titulares de mandatos y redactó un Código de conducta para los titulares de mandatos de los procedimientos especiales[2].

Los titulares de mandatos, relatores especiales, representantes especiales, representantes, expertos independientes y miembros del grupo de trabajo, cumplen su función a título personal y sus actividades comprenden los siguientes puntos[3]:

  • Recibir, intercambiar y analizar información acerca de situaciones relativas a los derechos humanos.
  • Responder a las denuncias de los particulares; Realizar estudios.
  • Formular llamamientos de urgencia o remitir escritos de alegaciones a los Gobiernos.
  • Realizar visitas en los países, por invitación de los Gobiernos y formularles recomendaciones sobre la base de las visitas.
  • Asesorar sobre cuestiones de cooperación técnica a nivel nacional y Realizar una labor general de promoción.

Además de las Naciones Unidas, otras organizaciones internacionales, como la Unión Africana o la Organización de los Estados Americanos, nombran sus propios relatores especiales con mandatos específicos.

Relatorías especiales de la ONU

Mandatos temáticos[4]:

  • Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, mandato establecido en 2011 por el Consejo de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre el derecho a la alimentación; mandato establecido en el 2000 por la Comsión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos (antiguo Representante Especial del Secretario General); mandato establecido en 2000 por la Comisión de Derchos Humanos
  • Relator Especial sobre la Violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias; mandato establecido en 2005 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado; mandato establecido en 2000 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; nandato establecido en 1991 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre el derecho a la educación; mandato establecido en 1998 por la Comsión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; mandato establecido en 1982 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; mandato establecido en 1993 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia; mandato establecido en 1993 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas las causas y las consecuencias
  • Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias; mandato establecido en 1986 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; mandato establecido en 2002 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la independencia de jueces y magistrados; mandato establecido en 1994 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas; mandato establecido en 2001 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes; mandato establecido en 1999 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas las causas y las consecuencias; mandato establecido en 2007 por el Consejo de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo; mandato establecido en 2005 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; mandato establecido en 1985 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre los efectos nocivos para el goce de los derechos humanos del traslado y vertimiento ilícitos de productos y desechos tóxicos y peligrosos; mandato establecido en 1995 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la trata de personas, especialmente las mujeres y los niños; mandato establecido en 2004 por la Comisión de Derechos Humanos

Mandatos por país:

  • Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar; mandato establecido en 1992 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Democrática de Corea; mandato establecido en 1995 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados desde 1993; mandato establecido en 1995 por la Comisión de Derechos Humanos
  • Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en el Sudán; mandato establecido en 2005 por la Comisión de Derechos Humanos

Relatorías especiales de otras organizaciones internacionales

Además de los relatores especiales de las Naciones Unidas, otras organizaciones internacionales, como la Unión Africana y la Organización de Estados Americanos, nombran sus propios relatores especiales, con mandatos específicos para investigar, observar y recomendar soluciones a problemas de violaciones de derechos humanos.

En este sentido, partir del año 1990, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de la Organización de Estados Americanos, empezó a crear Relatorías temáticas (Thematic Rapporteurships) con el objeto de vigilar el cumplimiento de los tratados interamericanos de derechos humanos en los distintos países y prestar atención a ciertos grupos, comunidades y pueblos que se encuentran especialmente expuestos a violaciones de derechos humanos por su situación de vulnerabilidad y por la discriminación histórica de la cual han sido objeto[5]:

  • Relatoría sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (1990)
  • Relatoría sobre los Derechos de las Mujeres (1994)
  • Relatoría sobre Trabajadores Migratorios y sus Familiares (1996)
  • Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (1997)
  • Relatoría sobre los Derechos de la Niñez (1998)
  • Relatoría sobre Defensoras y Defensores de Derechos Humanos (2001)
  • Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad (2004)
  • Relatoría sobre los Derechos de los Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial (2005)
  • Relatoría sobre los Derechos de las Personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (2011)
  • Unidad sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2012)
  • Unidad sobre Memoria, Verdad y Justicia
  • Unidad sobre Personas Mayores
  • Unidad sobre Personas con Discapacidad

Artículos relacionados

Referencias

Enlaces externos