“La feminización de la pobreza es un hecho. La falta de oportunidades de empleo acordes con la formación, otro. El acoso y, cuando cabe, la violencia, otro más. Todo ello para un colectivo cuyo único defecto visible parece ser el no haber tenido la previsión de nacer con otro sexo.”, Amelia Valcárcel

Génesis de la Declaración Universal de Derechos Humanos

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La Declaración Universal de Derechos Humanos enuncia una concepción común a todos los pueblos de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana y la declara obligatoria para la comunidad internacional.
Proclamación de Teherán (1968)
La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)

La Carta de las Naciones Unidas, firmada en San Francisco el 26 de junio de 1945, y con entrada en vigor el 24 de octubre de 1945, documento fundacional de la Organización de las Naciones Unidas y Constitución de la misma, establece entre los propósitos de la organización (artículo 1 de la Carta) la realización de la cooperación internacional en el desarrollo y estímulo del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Entre las fuciones de la Asamblea General está ayudar a hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos (artículo 13 de la Carta ) y podrá establecer comisiones para la promoción de los derechos humanos (artículo 68).

El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas también tiene facultad para hacer recomendaciones con el objeto de promover el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, y la efectividad de tales derechos y libertades (artículo 62 de la Carta).

Entre los objetivos básicos del régimen de administración fiduciara de los territorios que fueron administrados por el Consejo de Administración Fiduciaria de las Naciones Unidas, estaban la promoción y respto de los derechos humanos (artículo 76 de la Carta).

Vemos que uno de los objetivos principales de las Naciones Unidas, desde su creación, es la promoción y defensa de los derechos humanos, es por ello, que desde los primeros momentos se propuesiera la elaboración de un instrumento que concretase y definiese las disposiciones de la Carta en relación a los derechos humano. En 1946 el Consejo Económico y Social crea la Comisión de Derechos Humanos, asumiría la creación de dicho instrumento.

El proyecto inicial

La Comisión de Derechos Humanos, inicialmente se planteó los siguientes objetivos:

  • Aprobación de una Declaración de Derechos Humanos.
  • Alprobación de un Pacto de Derechos Humanos.
  • Adopción de una serie de medias para la puesta en práctica de los derechos reconocidos en la Declaración y el Pacto.
Muy pronto se vio que este era un objetivo demasiado ambicioso para los compromisos que los Estados Miembro de las Naciones Unidas estaban dispuestos a aceptar. Por lo que se optó por la elaboración un único documento que consagrase los derechos humanos; aún estaba por ver si sería una Declaración de la Asamblea General, sin valor obligatorio para los Estados o un Tratado o Pacto Internacional con valor vinculante. Finalmente se optó por una Declaración de derechos humanos, a modo de manifiesto, postponiendo la redacción de un tratado para más adelante.
Estructura de la Declaración, según René Cassin

El principal problema al que se enfrentaba la Comisión de Derechos Humanos era al gran conflicto ideológico existente entonces entre Estados Unidos y sus aliados, de un lado, y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, y los suyos, conocido como Guerra Fría, que se caracterizó por luchas económicas, diplomáticas, sospecha mutura y hostilidad.

Para el bloque socialista los derechos humanos no eran un objetivo prioritario, consideraba que la persona es un ser social, y que los derechos a que debían garantizarse eran los de carácter económico, social y cultural, frente a los derechos políticos y civiles. Consideraban que los derechos humanos eran una cuestión de jurisdicción interna.

Los países occidentales, especialmente Francia, Estados Unidos y Gran Bretaña, ponían gran énfasis en la defensa de los derechos políticos y civiles. También consideraban que los derechos humanos pudiesen ser controlados por la comunidad internacional. A pesar de estos planteamientos tan dispares, la Declaración aprobada finalmente constituyó un equilibrio entre ambas posturas.

La Comisión nuclear y primeros trabajos

Antes de que la Comisión de Derechos Humanos comenzase sus trabajos, el Consejo Económico y Social nombró un Comité inicial, llamado también Comisión nuclear, copuesto por nueve personas que desempeñaban sus funciones a título personal:

  • Paul Berg (Noruega)
  • René Cassin (Francia)
  • Fernand Dehousse (Bélgica)
  • Víctor Haya de la Torre (Perú)
  • K.C. Neogy (India)
  • Eleanor Roosevelt (Estados Unidos)
  • John C.H. Wu (China), sustituido posteriormente por C.L. Hsia
  • Jerko Radmilovic (Yugoslavia), reemplazado por Dusan Brkish
  • Nicolai Krioukov (URSS), sustituido por elSr. Borisov

Tras los primeros trabajos de la Comisión nuclear se nombró un Comité de redacción, formado por delegados de ocho países (Australia, Chile, China, Estados Unidos, Francia, Líbano, Gran Bretaña, Unión Soviética). El Comité de redacción, tras sus primeros trabajos encargó al profesor René Cassin que elaborase el proyecto de Declaración. Una vez aceptado el proyecto de Declaración por el Comité de Redacción, fue presentado a la segunda sesión de la Comisión de Derechos Humanos (noviembre-diciembre de 1947), aún tuvo que ser discutido en una tercera sesión de la Comisión de Derechos Humanos (mayo-junio de 1948).

Una vez aceptado el proyecto de Declaración por la Comisión de Derechos Humanos, esta lo envía al Consejo Económico y Social para que lo presente a la Asamblea General que debía aprobarlo. En
Eleanor Roosevelt, 1949
de 1948 la Asamblea General envió el proyecto de Declaración a la Comisión de Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales para que lo examine; tras 24 sesiones de trabajo aprueba el proyecto recomendando su aprobación a la Asamblea General por 29 votos a favor, ninguno en contra y 7 abstenciones (6 países de la Europa socialista y Canadá).

La aprobación de la Declaración

El 10 de diciembre de 1948, en el Palacio Chaillot de París, la Declaración Universal de Derechos Humanos es aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. La votación final se aprobó (Resolución 217 A (III)) con 48 votos a favor, 8 abstenciones y ningún voto en contra. Las 8 abstenciones correspondían con: República Socialista Soviética de Bielorusia, Checoslovaquia, Polonia; Yugoslavia, República Socialista Soviética de Ucrania, la Unión Soviética, la Unión Sudafricana y Arabia Saudí. Los países del bloque socialista se abstuvieron por no estar de acuerdo con algunas partes de la Declaración; Arabia Saudí tenía reservas derivadas de sus tradiciones religiosas y familiares; la Unión Sudafricana estaba en desacuerdo con la inclusión de los derechos económicos, sociales y culturales en la Declaración. Aunque lo importante es que el documento no obtuvo ningún voto en contra.

El contenido aprobado en la Declaración constituye un delicado equilibrio entre las diferentes ideologías y concepciones de los derechos humanos y de la sociedad que coexistieron durante la Guerra Fría. Aunque es de justicia reconocer que en determinados pasajes de la Declaración se observa un influjo predominante de las tesis occidentales, el resultado final no es una imposición de una ideología sobre la otra.

Después de la Declaración; los Pactos Internacionales de Derechos Humanos

Vea los artículos principalesPactos Internacionales de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Desde la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos se estableció la necesidad de un tratado internacional que completase y diera un valor jurídico plenamente vinculante a los derechos reconocidos en ella. Enseguida la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emprendió la tarea de la elaboración del Pacto, que resultó sumamente ardua y complicada debido a la confrontación internacional de la Guerra Fría.

La intención inicial era recoger en un solo tratado internacional tanto los derechos civiles y políticos como los derechos económicos, sociales y culturales, tal y como se contemplaban en la Declaración Universal de Derechos Humanos y de acuerdo con la indivisivilidad e interdependencia de todos los derechos humanos. Sin embargo, dicho propósito se enfrentó a la oposición que sobre este tema existía entre las grandes potencias, fundamentalmente entre el bloque occidental y el oriental. Finalmente, ante tal disputa, se enviaron dos instrumentos diferenciados, uno consagrado a los derechos civiles y políticos y otro a los derechos económicos, sociales y culturales, lo que vino a resquebrajar en cierta medida la indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos. Los proyecto de Pacto fueron presentados a la Asamblea General para el debate en 1954, no siendo aprobados hasta 1966 y no entrarían en vigor hasta 1976, cuando fueron 35 Estados los que ratificaron o se adhieron a cada uno de ellos.

Los Pactos de Nueva York o Pactos Internacionales de Derechos Humanos son dos tratados internacionales sobre derechos humanos adoptados en por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). El primero entró en vigor el 23 de marzo de 1976; el segundo, el 3 de enero de 1976.

El valor jurídico de la Declaración

En un mundo en constante transformación, la Declaración Universal de Derechos Humanos sigue siendo una guía ética pertinente que nos orienta para vencer las dificultades a que nos enfrentamos hoy. La fuerza viva y motriz de todos los seres humanos nos une en la meta común de erradicar los múltiples males que azotan nuestro mundo. Mantenemos el compromiso con el desarrollo y con los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente y estamos convencidos de que su cumplimiento será decisivo para el disfrute de los derechos humanos.
Declaración sobre el sexagésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 2008

La Declaración Universal de Derechos Humanos fue adoptada por la Asamblea General como una resolución (Resolución 217 A (III)), por lo que es una recomendación (artículo 13 de la Carta de las Naciones Unidas), no obligatoria para los Estados Miembros. En el propio preámbulo se define la Declaración como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades.

El mismo día de la aprobación de la Declaración Univesal, la Presidenta de la Comsión de Derechos Humanos y representante de los Estados Unids en la Asamblea General, Eleanor Roosevert, manifestó:

...aprobando la Declaración en el día de hoy, es de una importancia fundamental el tener claro el carácter básico del documento. No es un tratado, ni un acuerdo internacional. No es, ni pretende ser, una declaración de derecho o de obligación jurídica. Es una declaración de principios básicos de derechos humanos y libertades, impresa con la aprobación de la Asamblea General con el voto formal de sus miembros para que sirva como un ideal común por el cual todos los pueblos y naciones deben esforzarse...

En 1968, con motivo del vigésimo aniversario de la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos y para examinar los progresos alcanzados en esos 20 años en materia de derechos humanos, tuvo lugar en Teherán (Irán) la I Conferencia Internacional de Derechos Humanos. Resultado de esta Conferencia fue la Proclamación de Teherán, donde se señalaba que la Declaración Universal es obligatoria para todos los Estados miembros de las Naciones Unidas; el punto 2 de la Proclamación declara:

La Declaración Universal de Derechos Humanos enuncia una concepción común a todos los pueblos de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana y la declara obligatoria para la comunidad internacional.

En la actualidad la Declaración es considerada como una interpretación autorizada de las obligaciones contenidas en la Carta de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos. Muchas de sus cláusulas tienen el carácter de derecho internacional consuetudinario. Esto fue así porque el proceso para aprobar un documento vinculante internacional de derechos humanos (los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, que hasta 1976 no entraron en vigor) tardó mucho. De este modo, las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, cuando querían invocar normas de derechos humanos hacían referencia a la Declaración Universal.

Por otra parte, numerosos órganos de Naciones Unidas e inscluso el Tribunal Internacional de Justicia de la Haya, máximo órgano judicial internacional, cuando ha tenido que emitir alguna opinión consultiva o juzgar algún caso en relación a los derechos humanos, han hecho referencia directa a la Declaración Universal.

En numerosas constituciones y estatutos legales en todo el mundo es citada la Declaración Universal, asimismo, la interpretación de las leyes nacionales se hace en referencia a la Declaración. No obstante, no todos los derechos reconocidos en la Declaración Universal son considerados derechos obligatorios para todos los Estados de la comunidad internacional.

Más de 60 años después de la proclamación de la Declaración Universal de Derechos Humanos sigue siendo un documento que inspira nuevas respuestas a las amenzas a la dignidad humana, así como ha sido el germen más de medio centenar de tratados internacionales de derechos humanos.

Breve cronología de la génesis de la Declaración Universal

  • 1946:

15 de febrero: establecimiento del Comité nuclear de la Comisión de derechos humanos. Del 29 de abril al 20 de mayo de 1946, primera reunión de la Comisión nuclear (Lake Success, Nueva York). 21 de junio de 1946, el Consejo Económico y Social aprueba el proyecto de la Comisión Permanente de Derechos Humanos.

  • 1947:

Del 27 de enero al 10 de febrero de diciembre de 1947: primera reunión de la Comisión de Derechos Humanos, establecido el Comité de Redacción. De 9 de junio al 25 de junio de diciembre de 1947: primera reunión del Comité de Redacción; la Secretaría de las Naciones Unidas prepara un borrador de una Carta Internacional de Derechos Humanos (Proyecto de Hunphrey); el Comité de Redacción divide el trabajo en dos documentos: una declaración de derechos humanos y una convención internacional sobre derechos humanos. Del 2 al 17 de diciembre de 1947: se celebra la segunda sesión de la Comisión de Derechos Humanos (Ginebra), se consideran tres proyectos: la declaración de derechos humanos, la convención internacional sobre derechos humanos y las medidas de aplicación y cumplimiento.

  • 1948:

Del 3 de mayo al 21 de mayo de 1948: segundo período de sesiones del Comité de Redacción (Lake Success, Nueva York). Del 24 de mayo al 18 de junio de 1948: tercer período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos (Lake Success, Nueva York). La Comisión aprueba el proyecto de Declaración y lo transmite al Consejo Económico y Social. 26 de agosto de 1948: el Consejo Económico y Social transmite el proyecto de Declaración a la Asamblea General de las Naciones Unidas. Del 30 de septiembre 30 al 7 de diciembre de 1948: la Tercera Comisión de la Asamblea General, dedica 81 reuniones al proyecto de Declaración; se realizan 168 resoluciones de modificaciones al proyecto. Del 1 a 4 de diciembre de 1948: el Subcomité de la Tercera Comisión comprueba la traducción a cinco idiomas del proyecto. El 10 de diciembre de 1948: la Declaración Universal de Derechos Humanos es aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas por 48 votos a favor y 0 en contra, se produjeron ocho abstenciones (la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, Ucrania, la República Federativa Socialista de Yugoslavia, Polonia, Sudáfrica y Arabia Saudí.

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Referencias

Enlaces externos

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