“Los hombres buenos y generosos, no crean victimas; cuidan de las victimas.”, Julian Assange

Derechos humanos de tercera generación

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«Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí.»

Declaración de Viena, 1993
Derecho al medio ambiente, un derecho de 3ª generación

Los derechos humanos de tercera generación (en inglés: third-generation human rights) llamados también derechos de los pueblos, derechos de la cooperación, derechos de solidaridad, derechos de tercera dimensión, derechos colectivos,... han aparecido a partir de los años 70 del siglo XX y tratan de responder a los nuevos retos que a los que se enfrenta la comunidad internacional, consecuencia de la mundialización (globalización).[1]

La clasificación de los derechos humanos en tres generaciones[2] (o dimensiones, para otros autores) muestra la evolución que estos han experimentado junto al desarrollo de los Estados. Aún no existe un consenso total respecto al número de generaciones de derechos existentes ni a la delimitación de las mismas, no obstante, lo más común es aceptar las tres generaciones y es habitual la utilización de esta teoría con una perspectiva didáctica.

Entre estos nuevos derechos humanos podemos citar:[3]

Muchos de estos aún están en proceso de ser admitidos o reconocidos, puesto que aún distan de formar un conjunto preciso y bien definido.
Vea también:

Si la libertad es el valor guía de los derechos de primera generación; la igualdad, el de los derechos de segunda generación; los derechos de tercera generación tienen como valor de referencia la solidaridad. Los nuevos derechos humanos se caracterizan por el carácter colectivo de su titularidad, muchas veces, a escala planetaria.

El origen de estos derechos

La clasificación de los derechos humanos en tres generaciones de derechos humanos es una propuesta de 1979 del jurista checo Karel Vasak y se corresponde con los derechos asociados a la libertad, la igualdad y la fraternidad, los ideales de la Revolución Francesa (Liberté, Égalité, Fraternité) de 1789.

Si las revoluciones burguesas del siglo XVIII dieron lugar a la primera generación de derechos humanos (derechos civiles y políticos) y las revoluciones socialistas, a la segunda (derechos sociales y culturales), el proceso descolonizador o revolución anticolonialista, dió lugar a los derechos humanos de tercera generación. Las distintas generaciones de derechos no se oponen ni contradicen; se complementan.

El proceso descolonizador de los años 60 del siglo XX implicó cambios en la sociedad internacional y, consecuentemente, en el ordenamiento jurídico internacional (derecho internacional). Esto ha propiciado también que la teoría de los derechos humanos evolucione hacia los problemas y necesidades de los nuevos países que accedieron a la independencia, en su mayor parte, países en vías de desarrollo.

Salvo el derecho al patrimonio comun de la humanidad, ninguno de estos nuevos derechos han sido reconocidos universalmente por un tratado internacional obligatorio. El reconocimiento de estos se ha producido, en gran medida, a través de resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

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